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FORO LIBER@L

ZP ANTE LA COMISIÓN DEL 11M

No tuve ni tiempo ni ganas de escuchar al ciudadano presidente. Pero tuve claro que en realidad no comparecía a declarar el presidente del gobierno de España (y de todos los españoles), sino el secretario general del PSOE.

Tuve claro también, porque sí pillé el final, que al menos en ese tramo de la comparecencia Rodríguez y Rubalcaba arrollaron al PP de Zaplana. Ignoro si antes la cosa estuvo más equilibrada, pero puedo asegurar que, desde toda su maldad, Rubalcaba tuvo una última
intervención aplastante.

Creo también que les sigue funcionando el asesoramiento de gabinetes creativos o publicitarios que les facilitan frases brillantes, titulares seguros. Marketing puro, pero la frase "engaño masivo" es sencillamente genial. En dos palabras remite por supuesto al engaño
mismo (y qué más da que sea real o ficticio, si la gente se queda con la copla), pero también a las armas de destrucción masiva, las Azores, Bush, Irak,... Una sola expresión, estúpida en sí misma, consistente en encadenar dos palabras que en principio no casan, se convierte en un slogan demoledor. Chapeau para el creativo.

El servilismo de los independentistas, por otra parte, pone los pelos de punta. Lógico: han de mimar a este chollo andante que se han encontrado (o han situado) en La Moncloa, porque con él sus avances están asegurados. "Ud. sí que dialoga, Sr. Presidente, Ud. sí que
sabe escuchar, qué diferencia, qué respeto,...", y el otro hasta felicitándolos por sus preguntas y por su labor en la Comisión.

Ya solo falta el remate sensible de una comisión de víctimas del terrorismo, a quien nadie se atreverá a enfrentarse porque queda mal abroncar a una viuda o a una madre que ha perdido a su hijo.

Peperos de mi alma, cuánto teneis que aprender...

LA SEMANA MAS "COOL" DE LA "STUPIDPOLITIK"

Cuando en un anterior escrito definíamos la "stupidpolitik", como el cúmulo de despropósitos en materia de política exterior y seguridad cosechados por nuestro Presidente y sus ad-láteres, era impensable imaginar que tan solo unas semanas después nos iban a obsequiar con un taller práctico sobre "stupidpolitik" de nada menos una semana de duración, durante la cual hemos aprendido mucho sobre ella, máxime cuando nos la han impartido unos maestros en la misma.

La cosa empieza en Costa Rica, dicho en voz baja nuestra vocación hispanoamericana nunca ha sido nada del otro mundo y solo ha servido para que nuestros monarcas arrancasen unas cuantas y cálidas ovaciones, pero es que ahora tras lo de Costa Rica es que no es nada, nada, absolutamente nada. Mientras que nuestras mentes pensantes en materia de política exterior solo dedicaban su empeño a que los Reyes pasaran el rato de la mejor y más animada manera posible (creo que el cabreo fue majestuoso), los líderes hispanoamericanos importantes se
encontraban en Santiago de Chile en la cumbre de la APEC, reunidos con países tan importantes como Estados Unidos, China y Japón, para hablar de cosas importantes como la creación de un área de libre comercio en el Pacífico. Pregunta, cómo es posible que el Ministerio de Asuntos
Exteriores del Reino de España, no lo hubiera previsto y obrado en consecuencia, para evitar la bochornosa situación en que metieron a los Reyes, más solos que la una?.

Continuemos por Europa, mientras tanto en Berlín se reunía el G-20 con el Presidente de la Reserva Federal de los Estado Unidos, Alan Greenspan, en la cual los países europeos más opuestos a la política norteamericana (como Alemania y Francia) lloraban porque el dólar se
va depreciando frente al euro, con toda la educación del mundo el Sr. Greenspan les sugirió que en vez de quejarse de la debilidad del dólar mirasen de hacer sus deberes para conseguir que la economía europea crezca a un ritmo aceptable. Qué papel jugo España en esa reunión?,
lo saben ustedes, yo no, ni tan siquiera quien la representó.

Sospecho que las altas instancias estarían felicitándose al oír como el comandante Chávez se sentía feliz saludando a una "Europa más libre ".

Sigamos por la conferencia de Egipto, en Charm-el Cheik, sobre la pacificación en Irak, en la que el mensaje principal fue que elecciones generales en enero, que aunque no suprimió por completo las diferencias entre las naciones presentes sirvió, tal como dijo el
Ministro francés de Asuntos Exteriores, Michel Barnier, para mirar hacia el futuro, la declaración final, aceptada por todos los estados presentes, avala el proceso de transición. Las conclusiones a que llegó la citada conferencia, aprobadas por los jefes de las
chancillerías de veinte países presentes ( vecinos de Irak, los del G-8, China, responsables de la UE, ONU, Liga Árabe, Estados Unidos), donde estaban los responsables del Reino de España?, ah¡ es verdad se retiraron del conflicto cuando cumplían una misión de pacificación,
lógico que no estuvieran, ni les echasen de menos, saben ¿dónde estaban?, pues en los faustos de la recepción del comandante Chávez…

Pero miren los franceses, después de toda su comedia en contra de la guerra (pero a favor de sus intereses) ahí estaban y que curioso, cada vez se le oye más.

Pero, ¿dónde estaba de verdad la diplomacia española?, pues montando un "revival" musical de 1947, saben cuál?, pues ni más ni menos que Evita, pero en versión adaptada a 2004; que podría titularse: Chavito…¡¡¡¡. Repasemos un poco de historia, corría el año 1947, hacía
poco que se había acabado la 2ª Guerra Mundial y empezaba el plan Marshall, el franquismo estaba en horas bajas tras la victoria aliada (fundamentalmente anglo-norteamericana), España se encontraba aislada internacionalmente y súbitamente Evita Perón decidió en el marco de
una operación denomina da "Arco Iris" venir a visitarnos, el general Franco, que tras la muerte de Mola, se negaba a viajar en avión hizo una excepción para poder cenar en Barcelona con la sra. Perón, fue un acontecimiento propio de tiempos de miseria y dictadura, lo cual,
junto a la importación de carne de vacuno argentina posiblemente lo justifique. Pero ahora,,o son tiempos, ni de miseria, ni de dictadura, ni los españoles nos morimos de hambre y necesitamos carne de allende de nuestras fronteras, no, ahora solo son tiempos de
"stupidpolitik", en la que el gobierno socialista nos ha metido y por eso, por mantenerse aferrados a su "stupidpolitik" repite la misma política con un individuo llamado Hugo Chávez ( con la salvedad de que Franco obró de aquella manera porque en España había hambre y ahora
únicamente por la estupidez de nuestros gobernantes socialistas), a quien jalean sus gracias, ríen sus despropósitos, ensalzan como a un dios y corean con él que Aznar tiene la culpa de todo.
Cómo es posible aguantar lecciones de democracia de semejante individuo, sacado de una opereta, resulta bochornoso aguantar en 2004 este discurso "antiimperialista" y de defensa de la "revolución bolivariana" por parte de un sujeto que ha convertido el fraude en su estilo de hacer política desde 1998. Pero lo que resulta insultante es no solo tolerar sino jalear, como ha hecho el ministro Moratinos, sus graves e infundadas acusaciones sobre la participación del gobierno Aznar en un golpe de estado, absolutamente ridículo, en su contra. Está claro Chávez exporta tensión ( y lo más grave es que la diplomacia del actual gobierno debería saberlo) y a la vista de sus resultados está claro que en estos momentos no era lo que más le convenía al Reino de España, y más en estos momentos en que el Rey intenta con el Presidente Bush recomponer las difíciles relaciones entre España y los Estados Unidos, que por cierto hace un año eran excelentes y que solo la "stupidpolitik" de Rodríguez, Moratinos y colaboradores ha conseguido destruir.

DON QUIJOTE DE LA MANCHA Y ZP, EL INNOVADOR

DON QUIJOTE DE LA MANCHA Y ZP, EL INNOVADOR

El pasado 9 de diciembre, en una entrevista a una revista, ZP manifestó que Don Quijote había sido republicano.

Tamaña afirmación demuestra que ZP no ha leído Don Quijote y, si lo ha leído, no se ha enterado (como le ocurrió tras ver 500 veces la película “Bamby”)

Don Quijote no fue republicano sino monárquico, como lo demuestra esta afirmación:

Más quiero tener por amo y por señor al rey y servirle en la guerra, que no a un pelón en la corte. (cap. XXIV, parte II)

La evidente confusión de ZP, “El Innovador”, se debe a lo que ya advirtió el propio Don Quijote:

Los oficios y grandes cargos no son otra cosa sino un golfo profundo de confusiones (Cap. XLII, parte II)

Es posible que Don Quijote sí fuera republicano, pero no como contrario a monárquico, sino republicano de Bush, pues estas opiniones tenía sobre la guerra:

Esta paz es el verdadero fin de la guerra (cap. XXXVII, parte I)

... las cuales (las armas) tienen por objeto y fin la paz, que es el mayor bien que los hombres pueden desear en esta vida (cap. XXXVII, parte I)

... que puesto que han fundado más mayorazgos las letras que las armas, todavía llevan no sé qué los de las armas a los de las letras, con un sí sé qué de esplendor que se halla en ellos, que los aventaja a todos (cap. XXIV, parte II)

De manera que, en su ignorancia, ZP, "El Innovador", es tan mediocre como esos gobernantes de las que ya nos previene Don Quijote:

No es menester ni mucha habilidad ni muchas letras para ser uno gobernador, pues hay por ahí ciento que apenas saben leer, y gobiernan como unos girifaltes (cap. XXXII, parte II)

Incluso el mismo Sancho Panza, dijo

...que yo he visto ir más de dos asnos a los gobiernos, y que llevase yo al mío no sería cosa nueva. (cap. XXXIII, parte II)

Y como ZP hace gala de buen talante y humildad, espero que al acabar con su desgobierno sea tan humilde como Sancho Panza cuando dejó el mando de la ínsula Barataria:

¿Y que has ganado en el gobierno?, preguntó Ricote. He ganado, respondió Sancho, el haber conocido que no soy bueno para gobernar (cap. LIV, parte II)

Sansón Carrasco, bachillerado por Salamanca.

CAROD ROVIRA MANDA EN ESPAÑA, SEÑORES

Cada día resulta más terrorífico observar cómo, en efecto, un partido con 600.000 votos, y todos ellos obtenidos de forma prácticamente exclusiva en una sola comunidad autónoma, está encaminando a la política española justamente hacia donde quieren sus dirigentes:hacia el caos total. No despreciemos la fuerza real, que no electoral, de Carod Rovira y su "clan de la avellana": tiene las ideas muy claras y los planes muy bien definidos, y juega con una gran ventaja, y es que cualquier cosa que haga, resulte como resulte, acaba revirtiendo en beneficio de sus propósitos.

ERC siempre tiene un plan A y un plan B, y cualquiera de los dos le resulta igualmente útil. El plan A consiste en que la propuesta de que se trate salga adelante. Que si imposición del catalán en la justicia, que si homologación de una federación deportiva, que si "recuperación" de los archivos de Salamanca, que si eliminación del valenciano como idioma oficial,... Y el plan B consiste en utilizar el fracaso del plan A como excusa para una nueva dosis de victimismo, para unas cuantas manifestaciones de adhesión inquebrantable, para unas cuantas proclamaciones de ira ante la agresión incalificable del imperialismo opresor de España.

Con una consecuencia que llamaríamos C que acaba de adornar el pastel: en cualquiera de los supuestos, se produce en el resto de España un rechazo hacia lo catalán, confundiendo de manera lamentable (pero comprensible, por otro lado) la parte con el todo. Un argumento
más para ERC: no nos quieren, nos odian, no nos comprenden, veis como tenemos que marcharnos,...

Ya no basta con ponerse a la defensiva: hay que pasar al contraataque urgentemente, antes de que sea demasiado tarde. La era Aznar consistió, si hacemos el símil futbolístico, en "poner el autocar bajo los palos", o sea, en impedir que entrasen goles colocando a todo el equipo a rechazar balones. Hoy ya no es suficiente con eso, y lo peor es que ni siquiera eso tenemos. Hay que pasar al ataque con medidas legales y con campañas mediáticas que no sé si nadie está
dispuesto a encabezar. De poco sirve que la prensa madrileña se desgañite contra el tal Carod y sus comandos subversivos. Eso no solo no tiene eco en Cataluña, sino que el poco que resuena está además debidamente mediatizado y filtrado para conseguir una vez más ese
efecto C que mencionaba hace un momento. Hay que hacer algo desde Cataluña, sea con capital propio si es que alguien lo arriesga o con inversión del resto de España.

No os engañeis: en el tema del reconocimiento del patinaje, Carod ha vuelto a ganar. Y es que él siempre juega al rojo y al negro simultáneamente. Y no penséis que la agresión a la candidatura de Madrid a los Juegos Olímpicos es una reacción improvisada y precipitada: está perfectamente meditada, hará mucho daño y cosechará importantes apoyos en la sociedad catalana, al menos en la única que tiene acceso a los medios, en la que crea opinión. Y no es una intención nueva: Carod hubiera encontrado la manera de sabotear Madrid 2012 con este o con otro pretexto. Ha de combatir cualquier posibilidad de que el nombre de España se sitúe en el candelero de forma positiva. Y lo hará con una eficacia que ya quisiéramos
encontrara en el bando contrario. Arcadi Espada describía el otro día a Carod como un hombre obsceno en sentido etimológico: es decir, sin pudor, sin vergüenza. Ha forjado a su imagen y semejanza un partido impertinente, desafiante, desinhibido, provocador, sin más principio
que conseguir su objetivo final, para el que todo vale. Incluso, por ejemplo, patrocinar en el Parlamento español una iniciativa para que el Ceuta y Melilla el bereber sea oficial. ¿Tiene alguna lógica que un partido nacionalista catalán que aspira a desgajarse de España
plantee una iniciativa en "defensa" de los intereses de los musulmanes en Ceuta y Melilla? Por supuesto: ERC no se conforma con separar a Cataluña de ESpaña. Ha de conseguir reventar a España por sus cuatro costados.

¿Y SI FUESE AL REVÉS?

Supongamos que el PP está en el gobierno de España, y que Trillo sigue siendo ministro de defensa. Un comando de memos dirigido por el memo con mayor graduación decide hacer en pleno centro de Madrid un simulacro de atentado terrorista y de la reacción de los militares
ante esa eventualidad, sin avisar a nadie, y en un bar en el que al parecer suele haber con cierta frecuencia escoltas y policías de paisano, con la que podía haberse formado la de Dios es Cristo si en ese momento alguno de ellos saca la pistola y se lía a tiros.

El PSOE, en la oposición, estaría clamando al cielo en todos los foros habidos y por haber, la SER y El País estarían lanzando anatemas contra el gobierno, éste se pasaría el día en el Congreso respondiendo cuestiones parlamentarias de la oposición. Trillo se personaría al día siguiente en el bar escenario de los hechos a pedir disculpas y sería abucheado por la multitud y lo más probable es que sus propietarios se negarán a saludarle y además le pusieran una querella criminal.

Bueno, pues los mencionados memos de uniforme han realizado ese ejercicio tal como se ha descrito, pero quien está en el gobierno es el PSOE y quien está en la oposición es el PP. Ni protestas, ni quejas, ni preguntas, ni insultos. Y Bono en los altares.

Tal vez vivimos en un país muy raro, porque hay unos que tienen bula y otros a los que no se les perdona nada. Pero ante eso podemos lamentarnos o concluir que algo se está haciendo muy, pero que muy mal en el PP.

CARTA A ABC.es

Comentario de un lector habitual de ABC de más de treinta años de fidelidad; observador de sus derroteros

En el Confidencial Digital he leído un resumen de las Actas de las comparecencias del Sr. Buttiglione ante la Comisión Europea, traducidas por Aquí España.
Seguro que ABC las tiene completas y traducidas; pero bueno sería que se las diesen a leer a D. Luis Ignacio Parada.

Este señor, por mí admirado hasta hace algún tiempo, se distingue por sus amplios conocimientos - muy fuera de lo común - y su racionalismo. Utiliza el paralelismo ya sea de parábolas, historias o cuestiones científicas..., para opinar -muchas veces contundentemente- sobre la información que trata.

Parece ser que un racionalista como el Sr. Parada últimamente ha empezado a afiliarse a ese campo pseudo-enjundioso y seguro, como es el de lo políticamente correcto; con lo cual se ahorra tener que analizar y sintetizar; se manifiesta a favor de la corriente y se siente confortablemente seguro y hasta petulante; el discurso se queda en la superficie y así ni se ahoga ni se compromete. Desaparece el racionalismo y aparecen los lugares comunes; ¡eso sí!, expuestos con brillantez; en vez de mostrarnos su personal reflexión nos dice e induce hacia la "corrección".

¿De qué si no, el Sr. Parada puede llamar "bocazas" al Sr. Buttiglione en el ABC del 17-10-04, o de presentarle como homófobo y sexista (ABC del 22-10) a un hombre que contesta a preguntas directas sobre su personal opinión?; ¿ha leído lo que contestó de verdad y no lo que dicen que dijo?; ¿debería él haber contestado hipócritamente siguiendo a Baltasar Gracián, nuestro jesuita, "huir de los asuntos difíciles y peligrosos es una de las primeras tareas de la prudencia"?. Léanse sus respuestas; desde luego no es un católico jesuita pero sí es católico; ¿le invalida ser católico simple y no un jesuita católico ( cada vez es más difícil encontrar algún jesuita y mucho más uno que además sea católico)?.
Seamos todos serios y no invalidemos el sentido común.

Imagínense que el aspirante es de raza negra y un diputado de la Cámara Europea le pregunta si su etnia le llevará a discriminar positivamente (¿qué hay de liberal en este tipo de discriminación?) en cuanto a los derechos de su raza pueda concernirles. ¿Qué reacción mayoritaria se produciría?. Se diría que el interpelante es un estúpido o un racista, o ambas cosas a la vez. Si cambiamos negro por católico ¿por qué se produce la diferencia, y es el interpelado el "malo"?.

Personalmente, como lector que también soy del diario El País, esta forma de inducir la información no me extraña nada; es más,en ese medio lo que me extrañaría sería precisamente lo contrario.

De ahí mi perplejidad; con ABC y con el Sr. Parada al que no considero un "izquierdoso" al estilo Javier Pradera. ¿Qué ocurre?; ¿qué tampoco Vds. quieren ser tildados de carcundas aunque con ello padezca la objetividad?.

Termino con la pregunta que demasiados de los que éramos y pretendemos ser tolerantes nos hacemos a pesar de las dificultades. ¿Es que un homosexual, o una feminista, ocupe el cargo que ocupe, hasta presidente de gobierno, pueden decir lo que les plazca -muy comúnmente con lesivas invectivas a los que no piensan como ellos- con el aplauso generalizado y los otros deben callarse para no pecar contra la doctrina de aquéllos?

Recuerdo la contestación de Popper a la pregunta de si un liberal tolerante ¿puede ser intolerante con la intolerancia?. Su respuesta es conocida: Sí.
Sr. Parada, señores de ABC, estoy (con otros) desilusionado con aquél y con Vds. que han aceptado con reiteración que D. Luis Ignacio P.. manipule unas frases fuera de contexto como lo hacen los mejores periodistas amarillistas; debían haberle advertido, no censurarle, informándole por si no lo estaba- y adoptando una clara línea en otras páginas de su periódico.(Si lo han hecho, y no lo he percibido, mis disculpas a ABC)
¡Qué desilusión!.
Atentamente

NO NOS ENFADEMOS CON EL GOBIERNO

Sí, lo digo en serio y no me he vuelto loco. Creo que nos equivocamos cuando centramos nuestras iras en algunas actitudes y decisiones del gobierno de ZP. Los criticamos ferozmente cuando, en realidad, no hay motivo para ello: la izquierda es esto, justamente, y es lógico que si tenemos un gobierno de extrema izquierda se comporte como tal. De hecho, estamos gobernados por una amalgama de socialistas, comunistas, ecologistas y republicanos separatistas. Sus decisiones, por tanto, son coherentes con su ideario.

Así, no debe extrañarnos que legislen a favor del "matrimonio" homosexual, de las adopciones por estas parejas, que allanen el terreno para la eutanasia o el aborto, que intenten expulsar a la Iglesia del ámbito educativo, que intenten diluir la influencia de esta institución introduciendo clases de islamismo en las escuelas, que sean furiosamente antiamericanos, que suban los impuestos, que bajen las desgravaciones, que ofrezcan papeles para todos, que se reúnan más o menos en secreto con grupos terroristas, siempre que sean de extrema izquierda y separatistas, que intenten obtener setenta años después la revancha de la Guerra Civil, que aticen el rencor entre españoles falseando la historia,... No tiene nada de particular: ésta es la esencia misma de la izquierda, y no tiene sentido rasgarse las vestiduras clamando contra un gobierno de izquierdas que hace una política de izquierdas.

Nuestra tarea, la de quienes no comulgamos con esa ideología y consideramos que llevará a España a la ruina, es más bien la de poner a la gente ante la evidencia de que eso es la izquierda. No olvidemos que hay cientos de miles de personas, todos conocemos a unas cuantas, que votan a la izquierda simplemente por eso, proque ellos jamás podrían votar a la derecha. Y les preguntas insistentemente porqué y no tienen más respuesta. Bien, la tarea pedagógica ha de ir por la vía de situarles frente a la realidad de lo que significa la izquierda.

¿No es cierto que más de uno y más de dos izquierdistas que conoceis os dicen, cuando les hablais por ejemplo de la adopción por homosexuales, "ah, bueno, es que con eso yo tampoco estoy de acuerdo"? Y sin embargo, seguirán votando izquierdas porque ven ese desacuerdo como una anécdota, como una pequeña desviación, sin entender que no es así, que realmente todo eso también forma parte del "paquete" izquierdista. Les preguntas igualmente por los papeles para todos, y en general te responden que no les parece bien. Les hablas de Carod y de Perpiñán y se avergüenzan. les hablas de subidas de impuestos y se rebelan. Les hablas de enseñar islamismo en las escuelas y se indignan. Pero luego, oh misterio, les afirmas convencido "entonces tú no eres de izquierdas", y presas del mayor desconcierto te empiezan a alegar que eso no tiene nada que ver, para acabar saliéndose por la tangente con un "es que yo nunca podría votar al PP":

Sugiero, pues, que nos inclinemos más a la pedagogia (lo sé: tarea ingrata y ardua) que a la crítica a un gobierno que, en definitiva,hace lo que le impone su ideología, lo que siempre han hecho los gobiernos de su color: gobernar desde la izquierda radical, con sectarismo.

Una sonrisa hueca

Hace ya más de cuatro años mucha gente se preguntaba quién era ese tal José Luis Rodríguez Zapatero que, en un tiempo sorprendente,salía de la nada y arrebataba por 9 votos de diferencia (414 a 405)a J.Bono la Secretaría General de ese PSOE demacrado después de la derrota de Almunia en las elecciones del 2000.

No se dieron muchas respuestas a esa pregunta. Más bien ninguna. Un diputado tranquilo, desconocido que llevaba ya unas cuantas legislaturas pululando por el Congreso. Y cuando todo se rompe en el PSOE se inventa su plataforma "Nueva Vía", haciendo gala de una pobre imaginación, después de las Terceras Vías de Clinton, Blair y Schroeder.

Han pasado ya cuatro años y el Sr. Rodríguez se ha convertido en el Presidente del Gobierno. De forma inesperada, nuevamente. No quisiera ahora entrar en profundos análisis del uso del segundo apellido por encima del primero. Pero no deja de ser algo curioso. Una forma de afianzar algo quizás. De dar una cierta identidad a esa sonrisa hueca, quizás. No lo se. Reconozco que se me escapa.

Pero no lo que se me escapa es el peso de la pregunta. ¿ Quién es José Luis Rodríguez Zapatero? Sin duda, hay muchas respuestas posibles: un hombre joven con nuevas ideas que renueva el PSOE, un líder distinto que basa su fuerza en el diálogo, un estratega nato
de la política de Estado. Sin embargo todas estas respuestas parecen forzadas. Poco en la trayectoria del Presidente Rodríguez permite afirmar alguna de esas respuestas con contundencia. Cuando uno relee lo dicho por el Presidente Rodríguez, cuando le escucha en directo, se da cuenta que detrás de esa sonrisa hay algo más preocupante. La nada. El vacío.

Un hombre que hace toda su vida desde su provincia, que ni siquiera sale de su Universidad de León. Que no pasa por ninguna oposición para sacar su plaza de profesor asociado en Derecho Político, en el departamento de Derecho Constitucional. Que termina su licenciatura
con una tesina, que no tesis, sobre el Estatuto de Autonomía de Castilla-León. Que no se le conoce ni estancia en el extranjero ni inquietud intelectual más allá de algunas lecturas. Que no sabe idiomas.

Y uno puede preguntar, ¿ es eso malo?. No, no es malo si uno pretende ser un buen profesor asociado de Departamento y un honrado padre de família. Pero si es malo si uno es Presidente del Gobierno.Un triste currículum para un Estadista. Y desde esa tristeza, desde esa mediocridad gris se llena el vacío con palabras, palabras y palabras. Todas ellas vacías. Hablar por hablar. Decir diálogo cada cierto tiempo. Y talante. Y libertad. Y solidaridad. Y Paz. Y todas esas palabras que quedan muy bonito, muy de anuncio navideño, muy de ONG sin causa ni efecto. Palabras que resuenan bien en nuestro subconsciente colectivo. Que son agradables. Que dormecen como canción de cuna.

Pero que no responden a nada. Pero no irritan, no provocan nada. Es fácil hablar como el Presidente Rodríguez. No se es antipático hablando así. No se provocan comentarios iracundos. No. No se provoca nada. Solo un reblandecimiento de los sentidos y del intelecto. Un atontamiento general.

Y todo el mundo se queda contento porque ahora, dicen, se respira mejor. Porque ahora, dicen, todo irá mejor. Pero los números cantan y la realidad es persistente y se impone. Los españoles dormiremos más tranquilos mientras el Presidente Rodríguez nos canta su nana.
No es el sueño de los justos. Es el sueño de los tontos, de los mediocres. No es el sueño de don Alfonso Quijano, es un Sancho panza somnoliento y barrigón.

Quien quiera dormir que duerma. Yo prefiero seguir despierto aunque tenga los ojos rojos.

LA EDUCACIÓN EN ESPAÑA

LA EDUCACIÓN EN ESPAÑA

LA ENSEÑANZA EN ESPAÑA A TRAVÉS DE UN PROBLEMA MATEMÁTICO

ENSEÑANZA DE 1960:
Un campesino vende un saco de patatas por 1000 ptas. Sus gastos de producción se elevan a 4/5 del precio de la venta. ¿Cuál es su beneficio?

ENSEÑANZA TRADICIONAL DE 1970:
Un campesino vende un saco de patatas por 1000 ptas. Sus gastos de producción se elevan a 4/5 del precio de venta, esto es, a 800 ptas.¿Cuál es su beneficio?

ENSEÑANZA MODERNA DE 1980:
Un campesino cambia un conjunto P de patatas por un conjunto M de monedas.El cardinal del conjunto M es igual a 1000 ptas., y cada elemento vale 1 Pta. Dibuja 1000 puntos gordos que representen los elementos del conjunto M. El conjunto F de los gastos de producción comprende 200 puntos gordos menos que el conjunto M. representa el conjunto F como subconjunto del conjunto M y da la respuesta a la cuestión siguiente:¿Cuál es el cardinal del conjunto B de los beneficios? Dibuje B con color rojo.

L.O.G.S.E.:
Un agricultor vende un saco de patatas por 1000 ptas. Los gastos de producción se elevan a 800 Ptas. Y el beneficio es de 200 ptas.Actividad: subraya la palabra "patata" y discute sobre ella con tu compañero.

LA PRÓXIMA REFORMA:
El tío Evaristo, lavriego burges latifundista espanyol i intermediario es un Kapitalista insolidario y centralista q saenriquecido con 200 pelas al bender espekulando un mogollón d patatas". Analiza el testo,vusca las faltas de sintaxis, dortografia, de puntuacion, y si no las bes no t traumatices q no psa nda. Envía unos sms a tus compis comentando los avusos antidemocraticos d Ebaristo i convocando una manifa espontanea n señal d protesta.
Pásalo"

MIRANDO AL RETROVISOR... Y CON IRA

Ahora transcurridos unos meses de gobierno socialista ya sabemos por fin cual es su estilo de gobernar, consiste en hacerlo mirando constantemente al retrovisor y además con ira.

Veamos si no que otra calificación merecen sus primeros pasos:

Retirada de las tropas españolas de Irak, que como todos sabemos se encontraban en misión humanitaria, sin importarles un pimiento la indignidad que ello representa para el conjunto de España y de sus Fuerzas Armadas.

Desenterrar de nuevo el accidente del Yakolev, cesando a la cúpula militar, echando toneladas de lodo sobre el anterior gobierno a propósito de lo mismo, exigiendo la dimisión como diputado del ex ministro Trillo, instrucciones del Fiscal General de abrir una nueva
causa en la Audiencia Nacional.

Claudicación ante las instituciones europeas y no respetar la postura del anterior Gobierno, para mantener el peso de España en Europa,según lo estipulado en Niza.

Abandonar la política presupuestaria del déficit cero e ir anunciando cada día unas décimas más de déficit, hoy ya vamos en el entorno del 1%.

Aprovechar la comisión del 11-M para sus propios fines de hacer oposición a la oposición.

Giro en política exterior para ponernos incondicionalmente de rodillas delante de Francia, e ir babeando detrás de Chirac para obtener su bendición, olvidando que históricamente cuando peor han sido las cosas para España ha sido cuanto más supeditados hemos estado a los franceses.

Debilidad frente a Marruecos, y perdida de la posición de fuerza ganada tras la acción de Perejil con la ayuda de los EE.UU., que rápidamente ha sido aprovechada por el vecino marroquí para acercarse a los Estados Unidos.

Anuncio de auditorias en la gestión económica del anterior gabinete, como si no estuvieran suficientemente auditas por el Tribunal de Cuentas y por la Unión Europea, lo cual tiene todo el tufillo de auditorías-trampa.

Y mirando ya hacia atrás y con mucho odio, apoyo al Islam, a su enseñanza y a su difusión en una nación como la nuestra.

A los puntos expuestos se podrían añadir muchos más que me dejo en el tintero y seguro que en los años que les quedan se irán incrementando estas muestras del nuevo estilo de gobierno, por ejemplo que no le extrañe a nadie verlos en un futuro próximo metiendo mano a la caja de
la Seguridad Social, únicamente por haber sido uno de los grandes logros del anterior gobierno recomponerla y llenarla, tras haberla hallado en el lamentable estado en que la dejaron los anteriores gobiernos socialistas.

Está claro cuales son sus propósitos gobernar para destruir, gobernar para hundir, de modo que cuando venga un nuevo gobierno se pase cuatro años por lo menos recomponiendo lo que éstos han destrozado y dilapidado.

Y también está claro cual es su modo de gobernar: mirando al retrovisor y con ira y a este paso pronto nos la vamos a dar y bien.

LA LEY DE TRANSPARENCIA

La Ley de Transperencia con la que parece amenazar el gobierno al PP es cuando menos sorprendente. Por lo visto nos quieren demostrar que la economía en tiempos de Rato era un pluf, que el gasto público del PP escondia un deficit. Deben estar riendose de la inteligencia de los españoles o que asumen la debilidad mental de sus votantes.
Pero hay gente que sabe (¡oh dolor!) que existe un organismos europeo denominado EUROSTAT encargado de analizar y comprobar las cuentas públicas de todos los países de la Unión Europea. Esta órgano garantiza que se cumplan las disposiciones supranacionales sobre el deficil y el endeudamiento público. Y ¿sorpresa? Solbes formaba parte como camisario de Asuntos Económicos y Monetarios de este organismo, cuando se aprobaron los presupuestos. Y ¿sorpresa? Almunia tambien invitado por esos lares felicitó al gobierno español por el cierre de cuentas ¿al PP? Pues si.
Tambien seria interesante recordar que las cuentiñas del Estado se hacen públicas todos los años, y que ademas se debaten en el Parlamento Español. ¿Donde estaban la ilustre oposicion? ¿Donde estaba Zapatero? ¿Estudiando?

UN GOBIERNO CON VOCACIÓN DE OPOSICIÓN

Tenemos un gobierno con vocación de oposición. Por varios motivos:por supuesto, porque no esperaba gobernar y les ha pillado en mantillas. No tienen ni idea de qué hacer, ni de cómo cumplir lo que prometieron. Pero también porque la vocación de la izquierda es la agresión, la protesta, la pancarta, la manifestación. Lo llevan en la sangre, y aún desde el gobierno actúan así. Y por último, porque están decididos a asestar el golpe de gracia al único partido de oposición real que existe en España, y ello con la complicidad de los demás socios de gobierno, ya que también a sus fines conviene la destrucción del PP.

Así, actúan y se comportan como si la oposición fuesen ellos. Solo ello explica algunas actitudes como la de que el gobierno esté volcado en la destrucción de la figura de José Mª Aznar, o la de que,por primera vez en la historia de los países democráticos de nuestro
entorno, un gobierno se dedique concienzudamente a demoler toda la obra del anterior ejecutivo. ¿Acaso el PP derogó la ley del aborto, por ejemplo, cuando llegó al poder? El respeto a la obra de anteriores gobiernos es norma básica de la conivencia política democratica. Pero la izquierda no quiere convivencia, sino enfrentamiento, no quiere rivales, sino enemigos, no quiere democrácia, sino régimen.

Desengáñense quienes aún no lo estén: por muchas sonrisas que exhiban, tenemos el gobierno más radicalmente izquierdista de la historia de nuestra democracia. Para disimular eso ante esa parte de su electorado que no es radical de izquierdas, solo les cabe recurrir al linchamiento del PP, espectáculo que siempre distrae a las masas.

Pero el tiempo siempre, siempre da y quita razones. Esperemos, eso sí, que a la derecha todo esto le sirva para aprender algo.

CRÍTICA DE TOROS

CRÍTICA DE TOROS

Transcribimos literalmente parte de la crítica de toros aparecida en el suplemento cultural de la La Vanguardia (pág. 44),el lunes 26 de julio, correspondiente a la corrida de toros del día 26 en la Monumental de Barcelona, ignoramos cuanto tiempo va a continuar su autor escribiendo en dicho medio, pero algún toquecillo seguro que le llega.

"CRÍTICA DE TOROS, GRAN FAENA DE BARRERA A ZP"

... Así la cosas, salió Zapatero, que resultó un manso con buen talante, muy a los tiempos que corren. De los hierros, huyó; pero a la muleta acudió, repitió y hasta se entregó. pero que nadie se engañe: el mérito fue del torero, Antonio Barrera, que supo ver en ZP lo que
pocos habían visto. Abrió su faena con un cambiado por la espalda,citando de lejos y otro ya de cerca. Y se fue a los medios. Lo citó con la derecha, al natural. En el primer pase el animal pasó como una bala, al segundo ya había conseguido Barrera templarlo. Y así seguría
hasta el final. El suyo fue un toreo auténtico, profundo, de mano baja y pase largo, parando, templando y mandando. A tres tandas por la derecha siguieron dos de naturales zurdos, otra de circulares y cambios de mano, todas distanciadas lo suficiente para dejar respirar al animal y rematadas con largos pases de pecho de pitón a rabo. Gran faena la de Barrera, y toda en los medios. Para acabar, se llevó el toro al tercio mediante una tanda de ayudados por alto y cambiados por bajo y, tras cuadrarlo, se fue tras la espada con fe, enterrándola en
ZP. Dos orejas merecidas, si señor..."

Ah¡ y que Rajoy tome nota de como torear a ZP."

SÍMBOLOS HISTÓRICOS

SÍMBOLOS HISTÓRICOS

Artículo de Pérez Reverte, Octubre 2004

Que sí, hombre. Que sí. Me parece de perlas. A ver por qué diablos se han mosqueado algunos carcamales por el hecho de que el cabildo de la catedral de Santiago de Compostela, con buen criterio y admirable visión de la coyuntura, anuncie la retirada de la belicosa imagen del apóstol Santiago escabechando morisma: una talla de madera policromada del siglo XVIII en la que, con absoluto desprecio hacia la realidad multicultural, el respeto a la totalidad de etnias y la verdadera misión de los ejércitos españoles, que es hacer de oenegés y de Beba la Enfermera poniéndole tiritas a la gente cuando se hace pupa, representa al Hijo del Trueno en actitud neonazi, espada en mano, ejerciendo intolerable violencia racial contra el colectivo magrebí que en el siglo IX se buscaba la vida en Clavijo. Ya era hora, aplaudo, de que alguien pusiera coto a esa provocación. Gesto que estoy seguro responde a causas éticas -al fin la Iglesia Católica ha visto la luz, después de tantos siglos pidiendo leña y cajitas de fósforos- y no a la egoísta preocupación ante la posibilidad de que un peregrino chungo llamado Ornar o Ali, por ejemplo, al grito de Alá Ajbar, meta una mochila bomba debajo del botafumeiro y nos fastidie el Jacobeo. Es más. Creo que al hilo de esa admirable iniciativa, el nombre de Santiago Matamoros que figura en tantos textos seculares y en tanto monumento, debe ser reescrito de forma conveniente. Santiago Matamagrebíes suena menos ofensivo y más socialmente correcto. Porque una cosa es explotar a mis primos por cuatro duros y llamarlos moromierdas por la calle, y otra herir su sensibilidad sensible con iconografía fascista. Ojo. Por eso, puestos a mejorar el ambiente, estoy dispuesto a ir más lejos. Para radical, yo. Así evitaré cartas como la última, en la que un lector imbécil me llama de derechas porque hace semanas critiqué la eliminación del yugo y las flechas, sin caer en la cuenta, el analfabeto, de que yo no me refería al emblema falangista, sino al Tanto monta, monta tanto de Isabel, reina de Castilla, y Fernando, rey de Catalunya, antes absurdamente llamado rey de Aragón.

Pero a lo que iba. Decía que lo de quitar a esa mala bestia asesina del apóstol Santiago dando mandobles debe hacerse no sólo en Compostela, sino en todas partes: el palacio Rajoy, la ciudad, el Camino, etcétera. Y puestos a ello, a fin de mantener las sensibilidades musulmanas en estado razonable,sugiero eliminar también las cadenas que figuran en el escudo de España y en el de Navarra, pues conmemoran otras cadenas aciagas: las que rodeaban la tienda del Miramamolín -Al Nasir para los amigos- aquel año 1212 en que los almohades se llevaron las suyas y las de un bombero en las Navas de Tolosa.

En la misma línea sería aconsejable, asimismo, eliminar la granada del escudo español, por razones obvias: ese Boabdil llevado llorando a la frontera entre tricornios de guardias civiles, como el Lute. Y ya puestos a meter mano al escudo, sería bueno revisar las dos siniestras columnas del Plus Ultra, con sus connotaciones de genocidio y limpieza étnica, que a cualquier mejicano o peruano deben de ofenderle un huevo y parte del otro.

Sin olvidar un buen trabajo de piqueta en los escudos imperiales del siglo XVI donde campea el águila bicéfala franquista.

La tarea es vasta, pero necesaria. Esa Rendición de Breda, por ejemplo, donde Velázquez humilló a los holandeses. Ese belicista Miguel de Cervantes, orgulloso de haberse quedado manco matando musulmanes en Lepanto. Esa provocación antisemita de la Semana Santa, donde San Pedro le trincha una oreja al judío Malco en claro antecedente del Holocausto. Y ahora que Chirac nos quiere tanto, también convendría retirar del Prado esos Goya donde salen españoles matando franceses, o los insultan mientras son fusilados. Lo chachi sería crear una comisión de parlamentarios cultos -que nos sobran-, a fin de borrar cualquier detalle de nuestra arquitectura, iconografía, literatura o memoria que pueda herir alguna sensibilidad norteafricana, francesa, británica, italiana, turca, filipina,azteca, inca, flamenca, bizantina, sueva, vándala, alana, goda, romana,cartaginesa, griega o fenicia. A fin de cuentas sólo se trata de revisar treinta siglos de historia. Todo sea por no crispar y no herir. Por Dios.Después podemos besarnos todos en la boca, encender los mecheritos e irnos juntos y solidarios, a tomar por saco.

SENTENCIA DE VERA

SENTENCIA DE VERA

Leyendo la sentencia se reconcilia uno con la justicia y quienes la administran. Está bien redactada,profusamente argumentada, no elude ningún tema, reparte estopa a diestro y siniestro y refleja sin ambages una época negra de nuestra historia reciente. Bravo por sus señorías.

Aunque no seáis juristas y por su extensión pueda asustaros, os animo a todos a leerla con calma, vale la pena.

SENTENCIA 155/2002

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID SECCION 5ª , ILMOS. SRES. :

D. FRANCISCO JAVIER VIEIRA MORANTE J. INS. Nº 5
D. ARTURO BELTRAN NUÑEZ D.P. 5150/94
D. JESUS ANGEL GUIJARRO LOPEZ P.A. 34/00
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Madrid a 21 de enero de 2002.

VISTA y OIDA en juicio oral y publico, ante la SECCION V de esta AUDIENCIA PROVINCIAL la causa D.P. nº 5150/94, procedente del Juzgado de Instrucción nº 5 de Madrid, seguida por el trámite de Procedimiento Abreviado por presunto delito de malversación, contra D. JOSÉ BARRIONUEVO PEÑA, con D.N.I. nº 50002799-V, nacido el día 13 de Marzo de 1942, contra D. JOSÉ LUIS CORCUERA CUESTA, con D.N.I. nº 1438691 T, , nacido el día 2 de Julio de 1945, contra D. RAFAEL VERA FERNÁNDEZ- HUIDOBRO, con D.N.I. nº 00556345-K, nacido el día 7 de Febrero de 1945, contra D. JULIÁN SANCRISTÓBAL IGUARÁN, con D.N.I. nº 14899617-x, nacido el día 24 de Noviembre de 1952, contra D. JOSÉ MARÍA RODRÍGUEZ COLORADO, con D.N.I. nº 13042380-T, nacido el día 28 de Marzo de 1948, contra D. JUAN IGNACIO LÓPEZ RODRÍGUEZ con D.N.I. 14548776-B, nacido el día 7 de Abril de 1951, contra D. FRANCISCO ÁLVAREZ SÁNCHEZ, con D.N.I. nº 34538006-x, nacido el día 8 de Diciembre de 1944, sin que sea preciso facilitar más datos de identificación ni sus domicilios, que constan en autos, todos ellos en libertad provisional por esta causa, en la que han sido partes el Ministerio Fiscal; la acusación particular en la persona jurídica de la Administración del Estado, representada y asistida por el Abogado del Estado; y los ejercientes de la acción popular Don José María Ruiz Mateos y Jiménez de Tejada, representado por el procurador D. Jesús Jenaro Tejada y defendido por el letrado D. Marcos García Montes, y la Asociación de Estudios Penales, representada por la procuradora Doña Gema de Luis Sánchez y defendida por los letrados Doña Alicia Moreno Pérez y D. José Emilio Rodríguez Menéndez; y los acusados anteriormente citados, representados por los procuradores D. Juan Luis Pérez Mulet (Sr. Barrionuevo), D. Roberto Granizo Palomeque (Sr. Corcuera), D. Tomás Alonso Ballesteros (Sr. Vera), D. Jesús Iglesias Pérez (Sr. San Cristóbal), Doña Teresa Uceda Blanco (Sr. Rodríguez Colorado) D. Roberto Granizo Palomeque (Sr. López Rodríguez) y D. Antonio Rafael Rodríguez Muñoz (Sr. Alvarez) y defendidos, respectivamente, (se citan en igual orden) por los letrados D. Pablo Arturo Jiménez de Parga Maseda, D. Leopoldo Torres Bousault, D. Manuel Cobo del Rosal, D. José María Stampa Braun, D. José María Tejerina Rodríguez, D. Juan Pedro Medina López y D. Manuel Murillo Carrasco; siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Arturo Beltrán Núñez.

I. ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Al iniciarse las sesiones del Juicio Oral, las defensas de los acusados formularon diversas cuestiones previas que fueron rechazadas por auto de 28 de Septiembre de 2.001 en el que se expresaba que contra dicha resolución no cabía recurso autónomo alguno, si bien podría ser objeto de recurso de casación en igual plazo y condiciones que la presente sentencia y conjuntamente con ella.

SEGUNDO.- En el acto de la vista el Ministerio Fiscal acusó a D. José Barrionuevo Peña de ser autor de un delito continuado de malversación de caudales públicos del art. 432-1 y 2 del Código Penal -en su modalidad de consentir que un tercero los sustraiga- y solicitó las penas de 7 años de prisión e inhabilitación absoluta por 16 años.
Acusó a D. José Luis Corcuera Cuesta de ser autor de un delito continuado de malversación de caudales públicos del art. 432-2 del Código Penal, en su doble modalidad de sustraer los caudales y consentir que un tercero los sustraiga y solicitó para el mismo la pena de seis años y un mes de prisión e inhabilitación absoluta por quince años.
Acusó a D. Rafael Vera Fernández-Huidobro de ser autor de un delito continuado de malversación de caudales públicos del artículo 432-1 y 2 del Código Penal en su modalidad de sustraer dichos caudales y solicitó para el mismo la pena de ocho años de prisión e inhabilitación durante 20 años; así como el comiso de las fincas adquiridas como efectos del delito.
Acusó a D. Julián Sancristóbal Iguarán de ser autor de delito de malversación de caudales públicos del art. 432-1 y 2 del Código Penal con la atenuante muy cualificada de reparación del daño y solicitó la pena de tres años de prisión e inhabilitación absoluta durante cuatro años.
Acusó a D. José María Rodríguez Colorado de ser autor de un delito de malversación de caudales públicos del art.432-1 y 2 del Código Penal y solicitó para él la pena de ocho años de prisión e inhabilitación durante veinte años.
Acusó a Don José Ignacio López Rodríguez de ser autor de un delito de malversación del art. 432-1 del Código Penal con la atenuante muy cualificada de reparación del daño y solicitó para el mismo la pena de diez meses de prisión e inhabilitación absoluta durante dos años.
Acusó a Don Francisco Álvarez Sánchez de un delito de malversación de caudales públicos del artículo 432-1 del Código Penal con igual atenuante que el anterior y solicitó para el mismo la pena de 11 meses de prisión e inhabilitación absoluta durante dos años.
Interesó además que los acusados fueron condenados al pago al Estado de las siguientes cantidades:
1.-Rafael Vera Fernández-Huidobro, José Luis Corcuera Cuesta y José Barrionuevo Peña, conjunta y solidariamente por las cantidades entregadas a Luis Roldán Ibáñez durante el período en que ocupó el cargo de Director General de la Guardia Civil: el primero responderá hasta la cuantía de 408.000.000 pesetas; el segundo hasta la cuantía de 374.000.000 pesetas y el tercero hasta la cuantía de 34.000.000 pesetas.
2.-José Luis Corcuera Cuesta, en 7.385.860 pesetas por la sustracción de caudales públicos en esa cuantía de los que estaban a su cargo con la aplicación presupuestaria denominada “Habilitación de material”
3.-Rafael Vera Fernández-Huidobro, en 219.560.479 pesetas, respondiendo conjunta y solidariamente con él José Barrionuevo Peña hasta la cantidad de 28.000.000 pesetas y José Luis Corcuera Cuesta hasta el límite de 191.560.479 pesetas.
4.- Julián Sancristóbal Iguarán, en 66.000.000 pesetas, cantidad que ya ha consignado a disposición del Tribunal.
5.-José María Rodríguez Colorado, en 89.000.000 pesetas, respondiendo conjunta y solidariamente con él Rafael Vera Fernández-Huidobro, por ese importe; José Barrionuevo Peña, hasta 10.000.000 pesetas, y José Luis Corcuera Cuesta, hasta 79.000.000 pesetas.
6.-Juan Ignacio López Rodríguez, en 7.000.000 pesetas cantidad que ya consignada a disposición del Tribunal.
7.-Francisco Álvarez Sánchez, en 15.000.000 pesetas, cantidad que ya ha consignado a disposición del Tribunal.

TERCERO.- En igual trámite, el Abogado del Estado del Estado acusó a D. José Barrionuevo Peña de ser autor de un delito continuado de malversación del artículo 432-1 y 2 del Código Penal y solicitó para él la pena de seis años de prisión e inhabilitación absoluta durante 15 años.
Acusó a D. José Luis Corcuera de ser autor de dos delitos continuados de malversación de los artículos 432-1 y 2 del Código Penal por sustraer y consentir la sustracción por otros y solicitó por el primero la pena de cuatro años y seis meses de prisión e inhabilitación durante ocho años y por el segundo la de seis años de prisión e inhabilitación absoluta durante 15 años.
Acusó a D. Rafael Vera Fernández-Huidobro de ser autor de delito continuado de malversación de caudales públicos del art. 432-1 y 2 del Código Penal solicitó para él la pena de siete años de Prisión e inhabilitación absoluta durante 15 años y el comiso de los inmuebles efectos del delito.
Acusó a D. Julián Sancristóbal Iguarán de ser autor de un delito de malversación de caudales públicos del art. 432-1 y 2 del Código Penal y solicitó para el mismo la pena de siete años de prisión e inhabilitación absoluta durante 15 años.
Acusó a D. José María Rodríguez Colorado de ser autor de un delito continuado de malversación de caudales públicos del art. 432-1 y 2 del Código Penal y solicitó para él la pena de siete años de prisión y la de inhabilitación absoluta durante 15 años.
Acusó a D. Juan Ignacio López Rodríguez de ser autor de un delito de malversación del art. 432-1 y 2 del Código Penal y solicitó para el mismo la pena de cuatro años de prisión e inhabilitación absoluta durante seis años.
Acusó a D. Francisco Álvarez Sánchez de ser autor de un delito igual al del anterior y solicitó para el también las mismas penas.
Asimismo solicitó la condena al pago por los acusados de las siguientes cantidades :
1.-Rafael Vera Fernández-Huidobro, José Luis Corcuera Cuesta y José Barrionuevo Peña, conjunta y solidariamente por las cantidades entregadas a Luis Roldán Ibáñez durante el período en que ocupó el cargo de Director General de la Guardia Civil: el primero responderá hasta la cuantía de 408.000.000 de pesetas; el segundo hasta la cuantía de 374.000.000 de pesetas y el tercero hasta la cuantía de 34.000.000 pesetas.
2.-José Luis Corcuera Cuesta, en 7.385.860 de pesetas por la sustracción de caudales públicos a su cargo en esa cuantía.
3.-Rafael Vera Fernández-Huidobro, en 219.560.479 pesetas respondiendo conjunta y solidariamente con él José Barrionuevo Peña hasta la cantidad de 28.000.000 pesetas y José Luis Corcuera Cuesta hasta el límite de 191.560.479.
4.-Julián Sancristóbal Iguarán, en 154.440.646 pesetas, por las cantidades que sustrajo en beneficio propio, de las cuales ya han sido consignadas 66.000.000 pesetas.
5.-José María Rodríguez Colorado, en 89.000.000 de pesetas respondiendo conjunta y solidariamente con el Rafael Vera Fernández-Huidobro, por ese importe, José Barrionuevo Peña, hasta 10.000.000 de pesetas y José Luis Corcuera Cuesta, hasta 79.000.000 pesetas.
6.-Juan Ignacio López Rodríguez, en 7.000.000 pesetas, cantidad por la que responderán también conjunta y solidariamente Rafael Vera Fernández-Huidobro y José Barrionuevo Peña.
7.-Francisco Álvarez Sánchez, en 15.000.000 pesetas, cantidad por la que responderán también conjunta y solidariamente Rafael Vera Fernández-Huidobro y José Barrionuevo Peña.

CUARTO.- La acción popular, en representación de D. José María Ruiz Mateos y Jiménez Tejada, coincidió en todas sus pretensiones con las del Ministerio Fiscal, excepto en el punto de solicitar para D. Julián Sancristóbal Iguarán la pena de dos años de prisión e inhabilitación absoluta durante 4 años. Igualmente solicitó se dedujera testimonio contra D. José Antonio Saenz de Santamaría, Doña Pilar Navarro Ortega, D. Felipe González Márquez y D. Enrique Esquiva González.

QUINTO.- La acción popular, en representación de la Asociación de Estudios Penales, acusó a D. Julián Sancristóbal de ser autor de dos delitos continuados de malversación uno del art. 432-1 y 2 del Código Penal y otro del art. 432-1 del Código Penal y solicitó para el mismo la pena de seis años y un mes de prisión e inhabilitación durante 16 años, por el primer delito, y la de cuatro años y siete meses de prisión e inhabilitación absoluta durante ocho años y un mes por el segundo e indemnizar al Estado en 130 millones de pesetas.
Acusó a D. Francisco Álvarez Sánchez del delito de malversación del artículo 432-1 del Código Penal y solicitó para el mismo las penas de cuatro años de prisión e inhabilitación absoluta durante seis años así como la indemnización de 15.000.000 de pesetas a favor del Estado.

SEXTO.- La defensa del Sr. Barrionuevo Peña reprodujo las alegaciones planteadas como cuestiones previas y, en cuanto al fondo del asunto, por entender que su patrocinado no era autor de delito alguno solicitó su libre absolución.

SÉPTIMO.- La defensa de D. José Luis Corcuera alegó, en primer lugar, las siguientes causas de nulidad de actuaciones:
A) Investigación ilícita por falta de la condición de procedibilidad de desclasificación del carácter secreto de los fondos reservados del Ministerio del Interior.
B) Imputación tardía de Don José Luis Corcuera, generadora de indefensión.
C) Carácter inquisitorial del proceso respecto de su representado.
En segundo lugar, por entender que la conducta de su patrocinado no era constitutiva de delito, solicitó la libre absolución del mismo.

OCTAVO.- La defensa de D. Rafael Vera Fernández- Huidobro planteó la necesidad de que el Tribunal se pronunciara en primer lugar sobre las siguientes cuestiones:
A) Cosa Juzgada, en virtud del archivo dictado por el Juzgado de Instrucción nº 20 de Madrid, confirmado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial.
B) Excepción de cosa juzgada, porque los hechos ya habían sido enjuiciados en la causa especial 2530/95 el llamado caso Marey; y en el sumario 15/95 del Juzgado nº 5 de la Audiencia Nacional – el denominado caso Lasa-Zabala -
C) Nulidad de actuaciones, por la investigación de hechos secretos sin la condición objetiva de procedibilidad de desclasificación previa de tales materias.
D) Nulidad de actuaciones, por quiebra de la condición objetiva de procedibilidad de previo enjuiciamiento de los hechos por el Tribunal de Cuentas.
E) Nulidad de actuaciones, por haberse desarrollado la instrucción sumarial a espaldas del Sr. Vera lo que ha originado indefensión.
F) Nulidad de actuaciones, por la indefensión generada por el extemporáneo escrito del Ministerio Fiscal formulado antes del juicio y que ha podido generar en el acusado Sr. Sancristóbal desmedidos entusiasmos acusatorios, distorsionadores de la verdad, con postración procesal de la defensa del Sr. Vera.
En todo caso entendió que no se había probado imputación alguna contra su defendido que por tal hecho debería ser absuelto.
En última instancia, y para caso de condena, solicitó se apreciara la atenuante analógica muy cualificada de dilaciones procesales indebidas.

NOVENO.- La defensa de D. Julián Sancristóbal Iguarán negó la tipicidad de los hechos imputados a su defendido y aún la posibilidad misma de tipificarlos y solicitó su absolución y alternativamente la aplicación de la atenuante muy cualificada de reparación del daño con la consiguiente y relevante consecuencia penal.

DÉCIMO.- La defensa de D. José María Rodríguez Colorado alegó discriminación procesal respecto de otros acusados –los Sres. Vera, Sancristóbal y Corcuera- por no haberse dictado auto de imputación contra su patrocinado. Igualmente negó la legalidad de la investigación sobre fondos reservados sin previa desclasificación de la materia.
En fin, por entender que no habían probado en absoluto las imputaciones contra su defendido, solicitó su libre absolución.

UNDÉCIMO.- La defensa de D. Juan Ignacio López negó el ánimo de lucro de su patrocinado y la tipicidad de su conducta y solicitó su absolución. Además hizo suyas las excepciones y causas de nulidad alegadas por las defensas de los otros procesados.

DUODÉCIMO.- La defensa de D. Francisco Álvarez negó que este se hubiera apropiado de dinero y solicitó la libre absolución.

II.- HECHOS PROBADOS

PRIMERO.- Los acusados en esta causa son:
Don José Barrionuevo Peña, nacido el 13 de Marzo de 1942. Fue Ministro del Interior desde el día 2 de Diciembre de 1982 al día 11 de Julio de 1988.
D. José Luis Corcuera Cuesta, nacido el 2 de Julio de 1945. Fue Ministro del Interior desde el 12 de Julio de 1988 al 24 de Noviembre de 1993.
D. Rafael Vera Fernández-Huidobro, nacido el día 7 de Febrero de 1945. Fue Director de la Seguridad del Estado desde el 8 de Diciembre de 1982 hasta el 9 de Febrero de 1984, Subsecretario de Ministerio del Interior desde esa fecha al 26 de Octubre de 1986 y Secretario del Estado para la Seguridad desde el 27 de Octubre de 1986 al 29 de Enero de 1994.
D. Julián Sancristóbal Iguarán, nacido el 24 de Noviembre de 1952. Fue Gobernador Civil de Vizcaya desde el 16 de Diciembre de 1982 al 9 de Febrero de 1984 y Director de la Seguridad del Estado desde esa fecha hasta el 27 de Octubre de 1986.
D. José María Rodríguez Colorado, nacido el 28 de Marzo de 1948. Fue Director General de la Policía desde el 27 de Octubre de 1986 hasta el 27 de Julio de 1991.
D. Juan Ignacio López Rodríguez, nacido el 7 de Abril de 1951. Fue Gobernador Civil de Vizcaya desde el 24 de Febrero de 1984 al 2 de Septiembre de 1988.
D. Francisco Álvarez Sánchez, nacido el 8 de Diciembre de 1944. Fue Director del Gabinete de Información de la Dirección de la Seguridad del Estado desde el 20 de Febrero de 1984 al 30 de Octubre de 1986.
Todo ellos carecían de antecedentes penales en las fechas en que tuvieron lugar los hechos que ahora se enjuician, si bien los Sres. Barrionuevo, Vera, Sancristóbal y Álvarez fueron condenados en sentencia firme de 29 de Julio de 1998 (Sala Segunda del Tribunal Supremo) como autores de delito de detención ilegal, en concurso ideal medial con otro de malversación de caudales públicos, a las penas de 10 años de prisión los primeros y de 9 años y seis meses de prisión el último (además de a penas de inhabilitación absoluta).

SEGUNDO.- Entre 1982 y 1993 el Ministerio del Interior disponía de tres cuentas corrientes en el Banco de España, donde se ingresaban las cantidades presupuestadas anualmente para gastos reservados, correspondiéndose cada cuenta con una aplicación presupuestaria. La primera cuenta con aplicación presupuestaria número 16-07-22-A226.08 se destinaba a atender las necesidades de la Dirección General de la Guardia Civil. De ella, sólo interesa ahora conocer su existencia y la directa vinculación de una pequeña partida presupuestaria a la Dirección General de la Guardia Civil, pues, por contraste, la Dirección General de Policía no tenía asignada cantidad alguna por este concepto, lo que probablemente era debido a que, anteriormente, recibía dinero para gastos reservados la Dirección General de Seguridad de la que dependían los cuerpos de la Policía, pero no la Guardia Civil. Otra cuenta era la que tenía asignada la Dirección de Seguridad del Estado, que sucedió a la Dirección General de Seguridad con rango de Subsecretaría y que, posteriormente, con nivel de Secretaría de Estado pasó precisamente a denominarse, desde Octubre de 1986, Secretaria de Estado para la Seguridad. En ella, numerada como 25-012128-6 se ingresaba y hacía efectivo el importe de la aplicación presupuestaria 16-05-221A, la más importante de todas las partidas de gastos reservados. El Director de la Seguridad del Estado, luego Secretario para la Seguridad era quien administraba y disponía de los fondos depositados en esta cuenta de la que se retiraban mediante cheques, librados con dos firmas, de las tres que estaban autorizadas y reconocidas ante el Banco de España una de las cuales era del propio Director de Seguridad (o Secretario de Estado para la Seguridad) y las otras dos de distintas personas destinadas sucesivamente en ese organismo. Como excepción, entre el 9 de Febrero de 1984 y 27 de Octubre de 1986, hubo una firma más pues D. Rafael Vera conservó la suya en esa cuenta mientras ocupó el cargo de Subsecretario del Ministerio del Interior. La tercera cuenta, con numeración 24-000164-1, era administrada directamente por el Ministro y su aplicación presupuestaria era denominada “Habilitación de Material”.

TERCERO.- La cantidad específicamente asignada a gastos reservados de la Dirección General de la Guardia Civil experimentó pocas variaciones en el tiempo y alcanzó la cantidad máxima de 58.382.000 millones de pesetas anuales en cuatro pagos trimestrales de 14.500.000 aproximadamente.
La partida que se ingresaba en la cuenta de gastos reservados número 24-000164-1, denominada Habilitación de Material, tampoco varió a lo largo del periodo que ahora interesa. La cantidad asignada fue siempre de 190.000.000 de pesetas anuales, salvo en 1993, en que fue de 163. 350.000 pesetas.
Estas dos partidas presupuestarias no fueron objeto de modificación ni de incremento en ninguno de los años del periodo que se enjuicia.

CUARTO.- Por el contrario las cantidades inicialmente presupuestadas para ingresar en la cuenta 25-012128-6 del Banco de España (gastos reservados a disposición de la Dirección de la Seguridad del Estado, luego Secretaria de Estado para la Seguridad) se incrementaron todos los años desde 1983 a 1993. Para ello, el Ministro del Interior, a propuesta del Director de la Seguridad del Estado, solicitaba del Ministerio de Hacienda la oportuna modificación presupuestaria, aduciendo la necesidad de atender a gastos destinados a la lucha antiterrorista. El Ministerio de Hacienda, atendiendo a la causa de solicitud, autorizaba el correspondiente incremento, que se compensaba con disminución de otras aplicaciones presupuestarias.
Las cantidades inicialmente presupuestadas fueron:
-519.035.520 pesetas en 1983.
-549.759.000 pesetas en 1984.
-591.866.000 pesetas en 1985.
-579.418.000 pesetas en 1986, 1987, 1988, 1989, 1990, 1991 y 1992.
-573.624.000 pesetas en 1993.
Los incrementos fueron de 500.000.000 pesetas en 1983 y 1984, de 800.000.000 de pesetas en 1985, de mil millones de pesetas en 1986, 1987, 1988 y 1989, de 800.000.000 de pesetas en 1990, de 1200 millones de pesetas en 1991, de 1.500.000.000 de pesetas en 1992 y 715 millones de pesetas en 1993.
La necesidad de modificar sistemáticamente las aplicaciones presupuestarias para incrementar la partida de gastos reservados asignados a la Dirección de la Seguridad del Estado, - Secretaria de Estado para la Seguridad- respondía a múltiples razones:
Unas eran estrictamente políticas, es decir, se partía de una cuantía que se presumía ya insuficiente. Era una técnica de maquillaje presupuestario, se contaba con la ampliación del crédito casi desde el primer momento, pero se prefería cuadrar inicialmente los presupuestos sin elevaciones sustanciales.
Otras se debían a inexistencia o insuficiencia de partidas correspondientes a gastos necesarios pero no presupuestados o a la mayor comodidad de hacer frente a esos gastos desde la partida de fondos reservados, aunque pudieran incluirse en otros conceptos presupuestarios. Por citar algunos ejemplos, con cargo a los fondos del Ministerio del Interior asignados a gastos reservados, hubo que pagar algunos gastos generados por la creación de la Fiscalía Especial para la represión del Tráfico de Drogas, o por la Comisión Nacional de Coordinación de Policía Judicial, - órganos que se crearon sin dotación presupuestaria o con dotación insuficiente- o para retribuciones de fiscales de la Audiencia Nacional, que participaban en cursos de formación de mandos y agentes de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
Otras respondían a razones estrictas de seguridad y derivaban de la necesidad de proteger más y mejor a cada vez más personas, entre otras, también jueces y fiscales de la Audiencia Nacional (como ha sido recordado con insistencia); o que podrían tener relación con la seguridad, como determinadas cantidades que se derivaban hacia la Secretaría particular de la Presidencia de Gobierno.
También se utilizaba el dinero para pagar gratificaciones o retribuciones, fuera de nómina, a una pluralidad de funcionarios destinados en la Dirección de la Seguridad del Estado o en alguno de sus gabinetes u órganos dependientes.
En fin, se sustraía dinero para el enriquecimiento personal de altos cargos del Ministerio del Interior.

QUINTO.- En efecto, sobre las partidas destinadas a gastos reservados no existía control real externo por parte de órganos fiscalizadores o interventores y no se daba, por lo común, otra justificación del gasto que la afirmación de su necesidad por quien lo interesaba (si su petición era atendida) o lo realizaba (si no dependía de otros para ello). Se llevaba, sí, un libro donde se apuntaban genéricamente y sin excesivos datos, fuera de la cantidad, los conceptos a que se destinaba el dinero, pero de ese libro solo tenían noticia cierta quienes tenían la disposición de los fondos (y aquellos a los que daban cuenta, en su caso) y, por razones de seguridad, ese libro se destruía periódicamente. Con ello el control desde fuera no existía y, en el control desde dentro, bien controlador y controlado coincidían, bien aquel dependía de la información de éste.
Este sistema posibilitaba sustraer los fondos asignados a gastos reservados y en efecto, como se ha dicho, se sustrajeron de la forma siguiente:
1. Julián Sancristóbal Iguarán recibió para sí, en fechas que no constan y a partir de 1983, de Rafael Vera Fernández-Huidobro tres entregas de 7 millones de pesetas cada una correspondientes a gratificaciones por los 15 días que fue Gobernador Civil de Vizcaya en 1982, el año 1983 y los 40 días del año 1984 que siguió en ese cargo: total 21 millones de pesetas, que hizo suyos Sancristóbal, procedentes de la cuenta 25-012128-6 del Banco de España
2. Nombrado en Febrero de 1984 Director de la Seguridad del Estado, Julián Sancristóbal hizo, al menos, dos pagos de 7 millones de pesetas en Noviembre de 1984 y Noviembre de 1985 a Luis Roldán Ibáñez (entonces Delegado del Gobierno en Navarra, y ya condenado por delito continuado de malversación en sentencia de 24 de Febrero de 1988, confirmada, en este punto, por la del Tribunal Supremo de 21 de Diciembre de 1999, por lo que no es enjuiciado en esta Causa). La segunda entrega se hizo mediante un cheque del Banco de Financiación Industrial (INDUBAN), sucursal de Jerez, que formaba parte de un total de cuatro cheques de igual cuantía, entregados por dicho Banco a cambio de 28 millones de pesetas, ingresados en metálico en el banco y procedentes de la cuenta 25-012128-6 del Banco de España, sin que conste el destino de los otros tres cheques. En total, pues, entregó Sancristóbal a Roldán 14 millones de pesetas.
3. Durante su permanencia como Director de la Seguridad del Estado, Julián Sancristóbal se apropió de dinero, sin que conste que para ello tuviera autorización de Vera ni de Barrionuevo. Afirma haber recibido, luego de su cese, de los Sres. Vera y Barrionuevo la cantidad de 25 millones de pesetas. Este hecho no se ha probado pero sí que el Director de la sucursal de INDUBAN en Jerez –Sr. Parra Molina- recibió de Sancristóbal, el día antes de cesar éste en el cargo, 70 millones de pesetas en metálico que ingresó en una cuenta de dicho Banco. En total y antes de adquirir la Sociedad Marconi, lo que le fue facilitado al dejar el Ministerio, ni de dedicarse a los negocios tras su salida de Interior, Sancristóbal tuvo poder de disposición sobre al menos 154.440.646 pesetas cuyo origen no consta, sin que pueda afirmarse que el total de esa cantidad sea fruto de sustracciones de dinero de la cuenta a su cargo como Director de Seguridad, pero si que la cantidad mínima de que se apoderó, en total, no fue inferior a los 130 millones de pesetas.
4. Rafael Vera Fernández-Huidobro entregó el día 10 de Marzo de 1986, a Luis Roldán, cuando éste era delegado del Gobierno de Navarra, cheque nominativo por importe de 7 millones de pesetas con cargo a la cuenta de la Secretaria de Estado de Interior en el Banco de España.
5. Nombrado Luis Roldán el día 3 de Noviembre de 1986 Director General de la Guardia Civil, recibió de Rafael Vera con fecha 17 de Diciembre de 1987 y 4 de Julio de 1988 sendos cheques por importe de 7 y 17 millones de pesetas con cargo siempre a la cuenta 25-012128-6 del Banco de España que Roldán ingresó en sus cuentas corrientes particulares en el Banco Bilbao-Vizcaya. No consta que el segundo cheque se entregara a Roldán para su enriquecimiento.
6. Puesto de acuerdo Rafael Vera con Luis Roldán y José María Rodríguez Colorado, decidieron hacerse con determinadas cantidades de dinero destinado a gastos reservados ante el cese del Sr. Barrionuevo y la llegada del Sr. Corcuera. Así, Rafael Vera entregó el día 11 de Julio de 1988 a cada uno de ellos, contra la cuenta de la Secretaria de Estado de Interior en el Banco de España, los cheques con numeración 3934760 y 4479331, respectivamente, por importe de 10.000.000 de pesetas cada uno.
Meses más tarde, el 12 de Diciembre de 1988, Vera entregó los cheques números 4750894 (Roldán) y 4750892 (Rodríguez Colorado), ambos por importe de 7 millones de pesetas. Roldán ingresó este cheque y el anterior en sus cuentas particulares y Rodríguez Colorado los entregó a su amigo Mariano Jaquotot Saenz de Miera, que los ingresó en una cuenta que tenía abierta a su nombre en la sucursal nº 1 en Madrid de Bankinter.
Igualmente, el día 9 de Enero de 1990 Rafael Vera entregó otros dos cheques del Banco de España por importe cada uno de 7.000.000 de pesetas a Rodríguez Colorado y Roldán, numerados respectivamente como 6043817 y 6043820, que siguieron el mismo camino de los anteriores.
7. Preocupados por su porvenir económico al abandonar el Ministerio, Roldán y Rodríguez Colorado celebraron otras reuniones con Rafael Vera, de las que son conocidas las que tuvieron lugar en el “Cenador de Salvador” de la localidad madrileña de Moralzarzal y en el restaurante “El Molino” de Algete. En esta última, Roldán y Rodríguez Colorado llegaron al acuerdo con Vera de recibir mensualmente cinco millones de pesetas a modo de gratificación o sobresueldo. Consta igualmente que el acuerdo se alcanzó en ausencia del Sr. Corcuera que se incorporó más tarde a la reunión por tener otras obligaciones. No consta que Corcuera impulsara o aprobara ese acuerdo.
La Dirección General de la Guardia Civil recibía tradicionalmente dinero para gastos reservados en cifra que en aquellas fechas ascendía a 58.362.000 pesetas anuales en pagos trimestrales. Además de ello, recibía con cargo a la cuenta de la Secretaria de Estado para la Seguridad una cantidad que empezó siendo de 9.500.000 pesetas al mes y llegó a ser de 12.500.000 pesetas pues se incrementaba aproximadamente en un millón al año en aquellas fechas.
La Dirección General de la Policía no tenía fondos propios asignados a gastos reservados, por lo que se surtía exclusivamente del dinero que, para esos fines, recibía de la Dirección de la Seguridad del Estado. Recibía por ello una cifra, también progresivamente incrementada, y más elevada que la de la Guardia Civil – 15 millones en las fechas que nos ocupan -, de suerte que ambas Direcciones Generales recibieran en total una cantidad igual o muy aproximada, lo que se hacía para evitar cualquier agravio comparativo.
En ejecución de lo acordado, a partir del mes del Febrero de 1990 la Secretaria de Estado para la Seguridad remitía a cada una de las Direcciones Generales de la Policía y de la Guardia Civil dos cheques en lugar de uno. El primero –con la explicada diferencia entre una y otra Dirección General- era destinado a gastos reservados; el segundo se destinaba a enriquecimiento personal de los Sres. Rodríguez Colorado y Roldán, quienes, en este concepto y como mínimo, recibieron los cheques que seguidamente se relacionan, todos ellos por un importe de cinco millones de pesetas:
1. En Febrero de 1990, los cheques nº 6452575 (Rodríguez Colorado) y 6452576 (Roldán), librados el 16 de Febrero de 1990.
2. En Marzo de 1990, los cheques 6452585 (Sr. Rodríguez Colorado) y 6452586 (Sr. Roldán), librados el 8 de Marzo de 1990.
3. En Abril de 1990, los cheques 6452594 (Roldán) y 6452599 (Rodríguez Colorado), librados respectivamente los días 5 y 14 de Abril de 1990.
4. En Mayo de 1990, los cheques 6452605 (Rodríguez Colorado) y 6452607 (Roldán), librados con fecha 11 de Mayo de 1990
5. En Junio de 1990, cheques nº 6931274 (Rodríguez Colorado) y 6931276 (Roldán), librados ambos el 6 de Junio de 1990.
6. En Julio de 1990, cheques nº 6931283 (Roldán) y 6931284 (Rodríguez Colorado), librados ambos el 2 de Julio de 1990.
7. De nuevo en Julio de 1990, (tal vez porque no hubo pagos en Agosto), cheques nº 6931298 (Rodríguez Colorado) y 6931299 (Roldán), librados ambos el 31 de Julio de 1990.
No hubo, como se ha dicho, entrega de cheques en Agosto de 1990.
8. En Septiembre de 1990, cheques nº 6931306 (Rodríguez Colorado) y 6931307 (Roldán), librados ambos el 7 de Septiembre de 1990.
9. En Octubre de 1990, cheques nº 7287971 (Rodríguez Colorado) y 7287972 (Roldán), librados ambos el día 8 de Octubre de 1990.
10. En Noviembre de 1990, los cheques nº 7287976 (Roldán) y 7287977 (Rodríguez Colorado), librados los días 5 y 6 de Noviembre respectivamente.
11. En Diciembre de 1990, los cheques 7287986 (Rodríguez Colorado) y 7287989 (Roldán), librados los días 10 y 17 de Diciembre de 1990 respectivamente.
12. En Enero de 1991 los cheques nº 7287996 (Rodríguez Colorado) y 7288000 (Roldán), librados respectivamente los días 9 y 14 de Enero de 1991.
13. En Febrero de 1991, los cheques 7583647 (Roldán) y 7583648 (Rodríguez Colorado), librados ambos el 7 de febrero.

Todos los cheques que recibió Roldán los ingresó en las cuentas que, a nombre propio o de terceras personas, reales o imaginarias, tenía en distintos bancos. En muchas ocasiones, para disimular, canjeaba los cheques por otros de menor cuantía.
Por su parte, Rodríguez Colorado entregaba los cheques a su amigo Mariano Jaquotot que los ingresaba en la cuenta citada de Bankinter.
Además de los cheques reseñados anteriormente, Roldán recibió otro más por importe de cinco millones de pesetas librado el día 16 de Febrero de 1990 de cuyo importe se apropió, sin que conste que le fuera entregado con tal finalidad.
Después de Febrero de 1991, no aparecen más ingresos en la cuenta de Mariano Jaquotot en Bankinter. Sin embargo el segundo cheque por importe de cinco millones de pesetas seguía llegando a las Direcciones Generales de la Policía y de la Guardia Civil. No consta lo que hizo con ese dinero el Sr. Rodríguez Colorado, pero si que Roldán siguió ingresando esos cheques, a veces canjeados por otros, o su importe en distintas cuentas a su nombre. Consta igualmente que, a partir de Diciembre de 1991, las cantidades entregadas a Roldán para su enriquecimiento pasaron a ser de diez millones de pesetas (en dos cheques de cinco) y eso hasta Diciembre de 1993.
Las cantidades recibidas de Rafael Vera, después del mes de Enero de 1990, fueron de, al menos, 65 millones por Rodríguez Colorado y 355 millones por Roldán. A ellas hay que sumar las recibidas previamente a Febrero del año 1990, que fueron de 24 millones por Rodríguez Colorado y 38 millones por Roldán (siete de ellos como delegado del Gobierno de Navarra). En total, y como mínimo, 393 millones por Roldán y 89 millones por Rodríguez Colorado.
8.- Rafael Vera, al cese del acusado Francisco Álvarez Sánchez como Director del Gabinete de Información de la Dirección de la Seguridad del Estado (cargo que ocupó desde el 20 de Febrero de 1984 al 30 de Octubre de 1986), le entregó, para su enriquecimiento personal, el cheque del Banco de España nº 1532806, por importe de 15.000.000 pesetas, librado contra la cuenta 25-012128-6, el 6 de Noviembre de 1986, que Álvarez ingresó en la Sucursal de Jerez del Banco de Financiación Industrial en cuenta gestionada por el mismo banquero de Sancristóbal –Sr. Parra Molina-. Los cheques se invirtieron en pagarés del Tesoro a nombre de la esposa de Álvarez, se reinvirtieron, primero en la misma sucursal, y luego en otra del mismo Banco en Murcia y se cobraron, en unión de otras inversiones, el 21 de Septiembre de 1987, mediante cheque al portador hecho efectivo en la Sucursal de dicho Banco sita en el Paseo de la Castellana de Madrid nº 108.
9.- Rafael Vera entregó el cheque nº 29232447, librado el 23 de Diciembre de 1987 contra la referida cuenta del Banco de España, a Juan Ignacio López Rodríguez, entonces Gobernador Civil de Vizcaya, a modo de gratificación y para que lo hiciera suyo. Lo que hizo López Rodríguez, ingresándolo en Enero de 1988 en su cuenta corriente de la oficina en Bilbao del Barclays Bank.
10.- En fechas no determinadas de su paso por el Ministerio del Interior, Rafael Vera Fernández-Huidobro se apropió de, al menos 141 millones de pesetas que invirtió en la compra, reforma y mejora de los siguientes bienes inmuebles, valiéndose, como mero testaferro, de su suegro D. Enrique Esquiva González:
Finca urbana nº 2.686 sita en la Berzosilla, término municipal de Torrelodones, con una extensión de 4.977 m2, y un edificio compuesto de tres viviendas contiguas entre sí de 375,70 m2. Figura adquirida por Enrique Esquiva González, casado con María de los Ángeles Muñoz Díaz, para su sociedad de gananciales a Emiliano García-Suárez y Guadalupe y a María Concepción Cibrán Junquera en escritura pública de 20 de Diciembre de 1985 e inscrita el 14 de Febrero de 1986 en el Registro de la Propiedad de San Lorenzo de El Escorial. Se hizo constar como precio de la venta 10.000.000 pesetas, pero el precio satisfecho fue de, al menos, 27.000.000 pesetas.
A esta finca, que constituye el domicilio habitual de Rafael Vera Fernández-Huidobro, se agregaron, en los años sucesivos, las dos fincas colindantes que figuran igualmente adquiridas por Enrique Esquiva González para su sociedad de gananciales: la nº 2.553, con una extensión de 2.000 m2, comprada a Antonio Ruiz-Jarabo Baquero, en escritura pública de 10 de Abril de 1986, e inscrita el 8 de Julio de 1986 en el Registro, respecto a la que se hizo constar como precio de la venta 1.000.000 pesetas; y la nº 7.073, con una extensión de 2.300 m2, adquirida a Consolación Iglesias Sánchez, Ana-Victoria, Joaquín Antonio, Ramón e Ignacio Revuelta Iglesias, en escritura pública de 6 de Julio de 1989, e inscrita el 12 de Agosto de 1991, figurando como precio de la compraventa 8.000.000 pesetas, aunque el precio real pagado fue de 15.000.000 pesetas.
El precio total pagado por Rafael Vera Fernández–Huidobro por la compra de estas propiedades fue, por tanto, de, al menos, 43.000.000 pesetas, que satisfizo con fondos procedentes de la cuenta 25-012128-6 del Banco de España.
Finca rústica nº 18.332 (formada por la agrupación de las números 18.330 y 18332, sitas en el término municipal de Alpera y la 8.136, en el término municipal de Higueruela) de terreno dedicado a secano, labor, monte, viña y almendros en el sitio de “El Relumbrar”, con una extensión total de 627 hectáreas y 60 áreas. Figura adquirida en escritura pública de 4 de Octubre de 1989, una vez más por Enrique Esquiva González para su sociedad de gananciales, a la sociedad “Edificación, Promociones Inmobiliarias y Chalets Adosados, S.A.” (Epicasa), de la que era administrador único Juan Luis Vera Fernández-Huidobro, hermano de Rafael, e inscrita en el Registro de la Propiedad de Almansa el 29 de Enero de 1990, haciendo constar como precio de la venta el de 25.000.000 pesetas, aunque el precio fue superior.
En los años 90 a 93 las aportaciones a la finca “El Relumbrar” mediante ingresos en efectivo en la caja de esa finca rústica fueron:
-14.500.000 pesetas, en 1990 (2.500.000 en Enero y 12.000.000 en Mayo).
-36.000.000 pesetas, en 1991 (2.500.000 pesetas en Enero, 10.000.000 pesetas en Febrero, 12 millones en Mayo, 3,5 millones en Julio, 2 millones en Septiembre, 4 en Octubre y 2 en Diciembre).
-11 millones de pesetas, en 1992 (dos millones en Enero, uno en Febrero, uno en Abril, cuatro en Junio, tres en Diciembre).
-9,5 millones, en 1993 (un millón en Enero, 3 en Abril, 2,5 en Julio, 1,5 en Septiembre, 1,5 en Octubre).

SEXTO.- Como se ha dicho, el Sr. Corcuera tuvo a su disposición las cantidades presupuestadas para gastos reservados que se ingresaban en la cuenta 24-000164-1, denominada “habilitación de material”, en el Banco de España, y que fueron de 190.000.000 pesetas anuales desde 1988 a 1992 y 163.500.000 pesetas en 1993 (total 1.143.500.000 pesetas).
Durante las Navidades de los años 90, 91 y 92 Corcuera reunió a algunos altos cargos y funcionarios del Ministerio del Interior, y les invitó a una cena, que tenía lugar en el propio Ministerio, y a la que asistían cuarenta, cincuenta personas, o más. En el curso de esa cena, obsequiaba con una joya a las esposas de dichas autoridades o funcionarios. Dispuso para ello, con cargo a la referida cuenta de gastos reservados, de las siguientes cantidades:
- 1.761.000 pesetas, con las que pagó, el 19 de Diciembre de 1990, 18 sortijas de oro y piedras preciosas y un encendedor.
-2.849.860 pesetas, con las que pagó, el 4 de Enero de 1992, veintiséis pulseras.
-2.775.000 pesetas, con las que pagó, el 13 de Enero de 1993, veinticinco collares.
Todas las compras las realizó pagando contra factura, que incluía en las cantidades antedichas el impuesto sobre valor añadido, en la Joyería “Vargas”, sita en la calle Nuñez de Balboa nº 37 de Madrid.

SÉPTIMO.- Sancristóbal devolvió en Julio del año 2.001 sesenta y seis millones de pesetas. En Septiembre de 2.001, y antes de iniciarse el juicio, los acusados Juan Ignacio López Rodríguez y Francisco Álvarez Sánchez restituyeron respectivamente 7 millones y 15 millones de pesetas, cantidades que están ingresadas a disposición del Tribunal.

III.- FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Aunque los vicios de nulidad denunciados y las excepciones alegadas ya fueron estudiadas por el Tribunal en el auto de 28 de Septiembre de 2.001, es lo cierto que la reproducción de buena parte de los mismos por las defensas, con nuevos argumentos, obligan al Tribunal a algún pronunciamiento al respecto, sin perjuicio de dar por reproducida la fundamentación de aquel auto en este momento.
Por razones lógicas se examinarán primero las excepciones o vicios de nulidad que puedan afectar a todos los acusados y seguidamente las que se refieren a alguno de ellos en particular.

SEGUNDO.- La excepción de cosa juzgada más genérica, aunque invocada con especial énfasis por la defensa del Sr. Vera, se basa en el auto de archivo del Juzgado de Instrucción nº 20 de fecha 29 de Junio de 1994 a raíz de una denuncia del Sr. Ruiz Mateos. Se denuncia por éste que ciertas personas, y en concreto los Sres. Conde Duque, Roldán, Aguiriano, Milano, Gurruchaga, Vega y Rodríguez Galindo, pueden estar recibiendo dinero de una cuenta en la que tienen firma los Sres. Vera, Mínguez y Seivane (folio 146).
Tras esa denuncia:
a) No se practica ninguna diligencia de investigación, el procedimiento sale del Juzgado y vuelve a él tras un intento de inhibición.
b) Se archiva el procedimiento, exponiendo para ello, como “hechos”, que el denunciante no es perjudicado; como fundamento jurídico que de las actuaciones practicadas –ninguna- no resulta la existencia de hechos delictivos, y, conforme a ese mismo razonamiento, se afirma en la parte dispositiva del auto que se acuerda el archivo por no ser los hechos constitutivos de delito (folios 195 y siguientes).
En el procedimiento ordinario –el más atinente al espíritu de la Ley- el sobreseimiento es un acto de enjuiciamiento y como tal reservado al Tribunal sentenciador (art. 634 L.E.Crim.). El sobreseimiento, como acto de enjuiciamiento del órgano que instruye, aparece, tras las reformas sucesivas de la Ley Procesal en el llamado “procedimiento abreviado” pero, precisamente por su carácter absolutamente excepcional, sólo puede ser definitivo, y tener por tanto carácter de cosa juzgada, cuando se acuerda a solicitud de todas las acusaciones (art. 790.3º), o cuando, tras producir estas partes su escrito de acusación, resulte que los hechos narrados no sean constitutivos de delito (art. 790-6 en relación con el 637.2)
No se trata pues sólo de que estemos ante una resolución técnicamente inaceptable o intolerable, es que no cabe el enjuiciamiento con fuerza de cosa juzgada por el instructor antes de la investigación y sin fijar los hechos, pues para que exista cosa juzgada es preciso saber que se juzga y para que exista decisión con valor de cosa juzgada es preciso concretar el “thema decidendi”. La necesidad de una noticia clara de los hechos enjuiciables es condición imprescindible para un acto de enjuiciamiento y esos hechos enjuiciables han de estar fijados: judicialmente, en el auto que acuerda la continuación de las diligencias previas en el marco del procedimiento abreviado; y por las acusaciones, en sus escritos posteriores a dicho auto. Por ello es impensable que antes de dichos trámites quepa el sobreseimiento definitivo. Y como no cabe por razón de sistema, y no por razón de firmeza de la resolución, tanto da que el auto de archivo no se impugne, cuanto que, impugnado, se confirme por la Audiencia, pues esta resolución de la Audiencia no muda el carácter de provisionalidad que, por su propia esencia de resolución incompatible con el enjuiciamiento definitivo, tiene el auto de archivo. Por tanto el auto de la Audiencia Provincial de 28 de Febrero de 1995 podrá confirmar el auto de archivo pero no puede alterar su naturaleza de resolución provisional (Sentencia del T.S. 16 de Febrero de 1995).

TERCERO.- La competencia del Tribunal de Cuentas se planteó inicialmente como declinatoria de jurisdicción. Ya se dijo en el auto de 28 de Septiembre de 2001 de este Tribunal que, de aceptarse el argumento, la consecuencia absurda sería remitir las actuaciones al Tribunal de Cuentas conforme al art. 674 del la L.E. Crim.
Ahora lo que se dice es que el pronunciamiento del Tribunal de Cuentas es una condición objetiva de procedibilidad pues sólo ese Tribunal es competente para fijar si se han desviado fondos públicos de sus legítimos fines, los posibles responsables y, en su caso, la cuantía de lo sustraído.
A ello hay que contestar que tal condición de procedibilidad es un puro invento sin base en norma alguna. El artículo 18-3 de la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas establece que, “cuando los hechos fueren constitutivos de delito la responsabilidad civil será determinada por la jurisdicción contable en el ámbito de su competencia”. Y cual sea esa competencia lo dicen los artículos 16 y 17 de esa misma ley (al menos en forma negativa). El primero afirma que no corresponde “ a la jurisdicción contable el enjuiciamiento de hechos constitutivos de delito o falta ni las cuestiones de índole civil encomendadas al conocimiento de los órganos del poder judicial”; y el segundo establece que la jurisdicción contable se extenderá a los solos efectos del ejercicio de su función al conocimiento y decisión en las cuestiones prejudiciales incidentales salvo las de carácter penal, por lo que invocar un pronunciamiento previo de la Jurisdicción contable anterior al de la Jurisdicción penal, precisamente en supuestos delictivos, es mantener una pretensión abiertamente contraria al mandato legal.
Otra cosa puede ser la competencia del Tribunal de Cuentas en todos aquellos supuestos de ilegalidad no constitutivos de delito. El Derecho penal se rige por el principio de intervención mínima y por ello caben múltiples irregularidades y negligencias, fuera de su ámbito, susceptibles de estudio por la jurisdicción contable.
En fin, se decía en el auto de 28 de Septiembre de 2001 que no era posible declinar en un órgano no jurisdiccional la fijación vinculante de elementos esenciales del juicio de tipicidad y el juicio de culpabilidad. Nada se ha argumentado que permita retirar estas palabras que se sustentan en muy valiosos argumentos del Tribunal Supremo (Sentencia de 5 de Mayo de 1997).

CUARTO.- En cuanto al carácter secreto de los llamados “fondos reservados” ha de decirse, en primer lugar, que los fondos como tales no pueden ser secretos. El carácter fungible del dinero hace inidentificable a este (salvo extraños supuestos) por razón de su origen o afectación inicial. Lo que puede ser reservado es el gasto o destino final o el uso en general de ese dinero para determinadas actividades en las que es necesario preservar la seguridad del Estado y la vida, la libertad y, en general, también la seguridad de los destinatarios de los pagos (confidentes, agentes infiltrados, colaboradores nacionales o extranjeros de toda clase etc.). El carácter secreto de esas muy concretas actividades se comunica a su forma de financiación porque a través de esa forma de financiación puede descubrirse la actividad misma y al autor de ella. Por eso las leyes no se refieren a fondos reservados sino a gastos reservados y así el texto refundido de la Ley General Presupuestaria se refiere a los créditos destinados a gastos reservados y la resolución de 6 de Abril de 1989 (B.O.E. de 14 de Abril de 1989) que establece los códigos de clasificación económica de los ingresos y de los gastos del presupuesto del Estado y sus organismos autónomos, incluye- dentro del capítulo 2, art. 22, concepto 226, subconcepto 08, - los gastos reservados que considera que son los gastos necesarios para la defensa y seguridad del Estado y cuya diferencia fundamental, respecto al resto de los gastos públicos, es la relativa a su publicidad y justificación. (Por cierto esta resolución deroga la de 15 de Marzo de 1985 que introduce y sistematiza estos códigos y a partir de la cual aparece el concepto 226 y el subconcepto 08 inexistentes antes de ese año). Se insinúa ya en esas normas lo que luego ratifica la Ley de Secretos Oficiales (ley 9/68 de 5 de Abril modificada por la ley 48/78 de 27 de Octubre), esto es, que, como regla general, “los órganos del Estado estarán sometidos en su actividad al principio de publicidad... salvo los casos en que por la naturaleza de la materia sea esta declarada expresamente clasificada cuyo secreto o limitado conocimiento queda amparado por la presente ley” (art. 1). Por tanto, la regla general de publicidad y la excepción de secreto se predican de las actividades, y ese secreto exige la declaración de materia clasificada, en razón de su naturaleza.
El artículo 2º de la ley establece la posibilidad de declarar “materia clasificada” los asuntos, actos, documentos, información, datos, objetos, cuyo conocimiento... pueda poner en riesgo la seguridad del estado o comprometer intereses fundamentales de la nación. Este artículo segundo no niega ni contraviene el primero y meramente describe el posible contenido de la materia clasificada, y añade un dato más, y es que, para clasificarlas como tales, es preciso que su conocimiento pueda poner en riesgo la seguridad del Estado o comprometer intereses fundamentales de la Nación.
En fin, el art. 13 de la Ley establece que “las actividades reservadas por declaración de ley y las materias clasificadas no podrán ser comunicadas, difundidas, ni publicadas ni utilizado su contenido. El incumplimiento de esta limitación será sancionado conforme a las leyes penales si procediere, por vía disciplinaria en su caso...”
A partir de aquí, puede analizarse la actuación de los órganos jurisdiccionales instructores (folios 615,616,682 y siguientes). La Juez de Instrucción, por providencia de 16 de Marzo de 1995, acuerda dirigirse al Excmo. Sr. Ministro de la Presidencia en solicitud de información sobre materias clasificadas y así lo hace en oficio de igual fecha.
El Excmo. Sr. Ministro de la Presidencia responde con un oficio en el que remite los plurales acuerdo del Consejo de Ministros sobre clasificación de materias y, dentro de ellos, el que ahora importa es el de 28 de Noviembre de 1986 en cuyo punto 1-4 se declara materia clasificada la “Estructura, organización, medios y procedimientos operativos específicos de los servicios de información así como sus fuentes y cuantas informaciones o datos pueden revelarlas”.
Aquí surge un problema de interpretación que es si ese acuerdo relativo a la clasificación de organización, medios, procedimientos y fuentes de los servicios de información se extiende a la forma en que se emplean los fondos públicos destinados en un principio a gastos reservados cuando no son el medio de pago de actividades reservadas sino, presuntamente, el objeto material de un delito de malversación. Pues bien, en este caso ha de pensarse que la Administración actúa dentro de la legalidad y que no ha declarado incluido en materia clasificada aquello que, por su naturaleza, (art. 1º de la ley) no debe serlo, y que no lo ha hecho porque el conocimiento de los hechos no pone en riesgo la Seguridad del Estado ni compromete intereses fundamentales de la nación (y, más bien al contrario, lo que perjudica a la Seguridad del Estado y compromete los intereses nacionales es la corrupción de las Autoridades y funcionarios públicos, sobre todo si cifra su impunidad en un pretendido secreto).
Esta interpretación en la que el Derecho no se niega a sí mismo, amparando el delito, fue la de la Juez Instructora que, además, accedió a la información bajo secreto reforzado del sumario, y es la de este Tribunal, pero no es caprichosa, sino que viene reforzada por datos objetivos:
1) Pese al deber de secreto de los funcionarios públicos (art. 13 de la ley de secretos oficiales, art. 367 del Código Penal entonces vigente) y la posibilidad de alegarlo ante los Tribunales (art. 417 de la L.E.Crim), la Administración ha colaborado en la investigación. Ejemplar puede ser el escrito del Jefe de los Servicios jurídicos del Banco de España de 21 de Marzo de 1995 dando todo tipo de facilidades (folio 624).
2) También el parlamento ofreció su cooperación y remitió los documentos (folio 672) relativos a la investigación parlamentaria del “ caso Roldán”.
3) Ninguno de los tres sucesivos Gobiernos de distinto signo que se han sucedido desde 1995 ha planteado conflicto alguno de jurisdicción en este caso lo que no deja de ser significativo porque en otros si lo han hecho como es público y notorio.
4) Personado como parte el abogado del Estado desde Abril de 1995 (folio 2375) para defender los intereses del Estado, más de un año antes del primer relevo gubernamental, nada ha objetado a la investigación. Es más: es parte acusadora.
5) Terminado el juicio no podrá decirse seriamente que, a resultas del mismo, se ha comprometido la Seguridad del Estado, los intereses de la nación ni aun que se ha revelado secreto alguno digno de tal nombre. Ningún servicio de Información deja rastro nominativo en las cuentas del Banco de España y nada tiene que ver la investigación patrimonial de los acusados con los Servicios de Información.

QUINTO.- El escrito de calificación del Fiscal presentado al principio del juicio oral tiene, en efecto, un débil apoyo en la letra de la ley aunque podría ampararse en la vocación, a modo de oferta pública inicial, de lograr la conformidad de algunos acusados que no fue posible, en buena parte, por la existencia de otras acusaciones. La ley prevé la posibilidad de presentar un nuevo escrito de acusación en caso de conformidad (art. 793-3). Que esa conformidad, en vez de buscarse fuera de los estrados, se intente en ellos no parece causa suficiente para descalificar al Ministerio Fiscal; que el escrito sólo debe presentarse o unirse a los autos en caso de lograrse el resultado de conformidad y no cuando queda en mero intento podrá ser una interpretación de la norma pero no es indiscutible y, de ser la única correcta, como mucho, supondrá privar de valor a ese escrito y no a todo el juicio posterior. Afirmar que ese escrito responde a un pacto del Fiscal con algunos acusados para obtener pruebas contra otros a cambio de determinadas ventajas penales o procesales es una pura alegación gratuita: porque, puesto a hacer tal cosa, dice la lógica que se hace con reserva y no presentando las “ventajas” en audiencia pública; porque el Fiscal modificó la calificación y rebajó la petición de las penas para cuatro de los siete acusados –los Sres. Corcuera, Sancristóbal, López y Álvarez- cada uno de los cuatro con distintas estrategias defensivas, como ha sido palmario en juicio; y porque tenía razones serias para hacerlo, en garantía de la seguridad jurídica y de la economía del proceso, pues, de un lado, se habían producido hechos nuevos: la consignación de dinero poco antes del juicio por los Sres. Sancristóbal, López y Álvarez, y, de otro, encontraba justo imputar al Sr. Corcuera un solo delito continuado de malversación y no dos, lo que simplificaba, aunque fuera en poco, la defensa de este acusado. En todo caso, además de alegar indefensión, la defensa del Sr. Vera no dice cual sea la razón de la misma, ni la causa por la que ese escrito del Fiscal provoca la nulidad entera del juicio. No hay tal, a criterio de esta Sala.

SEXTO.- En cuanto a la cosa juzgada alegada por la defensa del Sr. Vera porque ya había sido juzgado por delito de malversación en las dos causas que invoca, es claro que pretende confundirse el “ nomen iuris” del delito con el “thema decidendi” en cada causa. Lo que en ésta se imputa al Sr. Vera es haber sustraído dinero público en su favor y a favor de los Sres. Sancristóbal, Roldán, Rodríguez Colorado, López y Álvarez. Y sobre eso se va a pronunciar este Tribunal y es público y notorio que en ninguna de las otras dos causas se han enjuiciado tales hechos.

SÉPTIMO.- La instrucción inquisitiva que denuncia la defensa del Sr. Corcuera se refiere esencialmente a la investigación del patrimonio de este acusado. Es fácil censurar a las jueces de instrucción. Mucho más difícil y digno de elogio es instruir –sin errores invocables seriamente- una Causa de estas características e investigar a los poderosos con los limitados medios de la justicia ordinaria. Investigación que, en parte, tiene que ser reservada por la posibilidad, al menos, de que sea entorpecida en caso contrario, y cuyos resultados, que no perjudican al Sr. Corcuera, se han traído a las actuaciones como ordena el artículo 2º de la L.E. criminal. Ya se dijo en el auto de 28 de Septiembre que la nulidad de las actuaciones de la pieza de investigación patrimonial no beneficia al Sr. Corcuera. La insistencia de la defensa en que se anule lo que no causa indefensión carece de sentido y si lo que pretende es recordar las molestias causadas a su defendido por denuncias mendaces tal pretensión está más que lograda.

OCTAVO.- Al folio 7.333 consta que el Sr. Corcuera fue informado de sus derechos. Pretender que no lo fue en esta declaración porque el formato impreso de otra posterior (folio 14.860) relaciona expresamente esos derechos y aquella no, es absolutamente excesivo. Interpretar que donde se lee “informado de sus derechos” quiere decir que no fue informado de sus derechos, pese a tomarse declaración a presencia del Juez, el Secretario, el Fiscal, el abogado del Sr. Corcuera, el del Sr. Vera, y varios letrados más, es una interpretación que supone que se actuó ilegalmente y se hizo constar lo contrario sin protestas y con el beneplácito o la desidia de todos los intervinientes. Inadmisible en términos de lógica. En todo caso la declaración del Sr. Corcuera no le inculpa. No hay indefensión ni quiebra de derecho alguno.

NOVENO.- El retraso en la imputación de los acusados puede significar la dificultad o imposibilidad de valorar como prueba el material de instrucción obtenido sin contradicción aunque se pretenda aportarlo al juicio. Pero no puede hablarse de investigación al margen de los imputados: el Sr. Barrionuevo declaró como imputado el 19 de Octubre de 1998 (folio 18.507) un año antes de dictarse, con fecha 18 de Octubre de 1999, el auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado (folio 19.971). Los demás imputados lo hicieron entre tres y cuatro años antes de la acomodación del proceso al marco del procedimiento abreviado: el 21 de Diciembre de 1995 los Sres. Sancristóbal, Vera y Corcuera (folios 7.324 y siguientes); el 22 de Mayo de 1996 el Sr. Álvarez (folio 7.901); y el 18 de Junio de 1996 el Sr. Rodríguez Colorado (folio 8.344) y el 28 de Octubre de 1996 el Sr. López Rodríguez (folio 10.091). Es un tiempo excepcionalmente largo en todos los casos para proponer diligencias, formular alegaciones y tomar contacto con lo anteriormente actuado. No hay indefensión alguna.

DÉCIMO.- En cuanto al Derecho al Juez Ordinario del Sr. Barrionuevo, como quiera que es una alegación meramente reproducida sin nuevos argumentos, el Tribunal da también por reproducido el noveno fundamento de Derecho de su auto de 28 de Septiembre de 2001.

UNDÉCIMO.- La desigualdad que alega la defensa del Sr. Rodríguez Colorado porque se dictó auto de imputación judicial respecto de los Sres. Vera, Corcuera, y Sancristóbal, que pudo ser recurrido, y no se dictó ese auto respecto de su patrocinado, no es desigualdad ante la Ley porque ese auto de imputación de 20 de Octubre de 1995, que efectivamente obra al folio 6.429, es un lujo procesal innecesario y no contemplado en nuestra ley rituaria. Citar como imputado requiere una mera providencia (impugnable). La auténtica imputación judicial –no la citación como imputado- se hace al terminar la instrucción y dictar el auto de continuación de las actuaciones en el marco de procedimiento abreviado; auto recurrible en el que figura el Sr. Rodríguez Colorado. La hipotética desigualdad es al margen de la ley. En la ley hubo igualdad y no aparece por parte alguna la indefensión del Sr. Rodríguez Colorado.

DUODÉCIMO.- Ha podido hacerse el relato de hechos probados porque el Tribunal había resuelto, luego de deliberar, el rechazo por infundadas de todas las excepciones alegadas y vicios de nulidad denunciados, como luego ha expuesto en los fundamentos jurídicos anteriores. Pero es preciso analizar ahora de donde nace ese relato, de suerte que la sentencia esté razonablemente motivada en cuanto a la valoración de la prueba.

DECIMOTERCERO.- Sobre la credibilidad de Luís Roldán:
Luís Roldán está condenado a treinta años de prisión como autor de múltiples delitos. La lectura de la sentencia que le condenó, confirmada en lo esencial y aún endurecida por el Tribunal Supremo tras los recursos de casación contra aquella, y que ha sido aportada a las actuaciones, impresiona porque es un recorrido casi completo por los delitos socioeconómicos y de los funcionarios públicos. No es exagerada por tanto la crítica que presenta a esta persona como paradigma de la corrupción, porque, en verdad, es un ejemplo de casi todo lo que no debe hacerse desde el Poder. Sin embargo resulta mucho más discutible, y desde luego claramente interesado, atribuirle, por un lado, una suerte de exclusiva o monopolio de la corrupción, de manera que todo lo tocado por él y sólo lo tocado por él se ensucia mientras lo demás permanece resplandeciente, y, por otro, una especie de incompatibilidad absoluta con la verdad, de forma que, por definición, lo que dice es mentira. Parece que lo prudente es desconfiar de una persona de estas características y por ello sólo prestar oído a sus declaraciones cuando vienen de algún modo reforzadas por datos objetivos o por otras declaraciones pero que es absurdo afirmar “a priori” que el sólo hecho de proceder de Roldán es condición suficiente para tachar de falsa cualquier afirmación.
Roldán ha dicho muchas verdades en tono al destino del dinero destinado a gastos reservados. Como pequeña muestra de que no es persona de nula fiabilidad podemos fijarnos en datos menores tomados de sus declaraciones el 8/3/95 ante el Juzgado de Instrucción Central nº 5, cuando aún no podía cotejar su declaración con los listados de cheques del Banco de España que estaban en el Juzgado de Instrucción nº 16 y bajo secreto reforzado del sumario. Datos sobre hechos que ni siquiera se enjuician ahora tales como:
1º) Dijo Roldán que con ocasión del atentado de Hipercor el Ministro Barrionuevo pensó en dimitir y que en vista de ello el día 24 de Junio de 1987, (onomástica de Su Majestad) estaban reunidos los altos cargos en el Ministerio del Interior y no asistieron o lo hicieron con retraso a la recepción en Palacio, y que ese día se repartió dinero entre ellos. La acusación ha sido rechazada por Vera y Rodríguez Colorado con indignación y como propia de persona sin principio alguno capaz de hablar de dinero cuando casi seguían calientes los cadáveres. Pero lo cierto es que el atentado fue unos días antes –19 de Junio- que el Ministro Barrionuevo ha reconocido que pensó en dimitir y lo comunicó a sus subordinados (lo declaró en juicio) y que de los 150 millones que, en cantidades exactamente millonarias, se extraen de la cuenta de la Secretaria de Estado en Junio de 1987, según el extracto de dicha cuenta (folios 1.102 y siguientes), la mitad exactamente –75 millones- se extrae en un solo día: 24 de Junio.
2º) Dijo Roldán que se hacían gratificaciones a gobernadores y a altos cargos coincidiendo con las Navidades y fijó la cifra que era usual entregar en dinero o en un cheque: 7 millones de pesetas.
Pues bien, examinadas las cantidades extraídas por cheque en cifras exactamente millonarias – hay además transferencias y pagos menores fácilmente detectables- de la referida cuenta del Banco de España en los 10 años comprendidos entre 1983 y 1993, resulta que la media de cantidades extraídas durante cada mes es la siguiente:
Media de los meses de:
Enero- 119,6 millones de pesetas.
Febrero- 91,9 millones de pesetas.
Marzo- 89,6 millones de pesetas.
Abril- 95,9 millones de pesetas.
Mayo- 106,4 millones de pesetas.
Junio-128 millones de pesetas.
Julio- 113,2 millones de pesetas.
Agosto-68,5 millones de pesetas.
Septiembre- 127,2 millones de pesetas.
Octubre- 104,2 millones de pesetas.
Noviembre- 85 millones de pesetas.
Diciembre- 143,4 millones de pesetas.
Como puede verse, Diciembre es, con diferencia, el mes en que más dinero sale (y sería mayor la diferencia respecto de Junio de no ser por lo sucedido en 1987 y 1993, que luego se estudiará, y respecto de Septiembre, de no producirse en octubre de 1986 el cese de Sancristóbal y ese descenso en los pagos en Agosto que tenía su correlativo incremento en Septiembre). Al estudiar los listados de cheques y las fechas de extracciones (folios 1102 y siguientes y 9394 y siguientes) se observa que las cifras de 7 millones de pesetas en cheques no aparecen nunca salvo precisamente en los meses de Diciembre y Enero (8 cheques en las Navidades 87/88; tres en las Navidades 88- 89, cuatro en las Navidades 89-90; y nunca más en todo el listado de cientos de cheques).
3º) Dijo Roldán que se repartió dinero entre los cargos de Interior ante el inminente cese del Ministro Barrionuevo. Si vuelven a examinarse los instructivos listados de extracciones de cheques exactamente millonarios se observa que la media durante el mes de Julio de los 10 años antes citados fue, como se ha dicho, de 113,2 millones. Pero, si se prescinde del año 88, en el que cesa Barrionuevo, la media desciende a 95,89 millones. Esta diferencia se explica porque en Julio de 1988 se extraen cantidades exactamente millonarias en cheques por importe de 269 millones –la cifra más alta extraída en un solo mes- (de ellas, 80 millones, el día 11 de Julio de 1988 en que en que cesa Barrionuevo y 20, el día 12 de Julio en que toma posesión Corcuera)
4º) No Roldán, sino su esposa –que cuenta lo que ha oído a su marido- se refiere a otra ocasión de posible relevo en el Ministerio y a la entrega de gratificaciones. Lo hace en Junio de 1994, es decir sin tener ni idea de lo que reflejan las cuentas del Banco de España (folios 204 y siguientes de la causa). Y relata Blanca Rodríguez Porto que hubo gratificaciones con entrega de cantidades millonarias como “finiquito” ante las elecciones de 1993 (no especifica si por el riesgo de perderlas el partido socialista, o meramente por el riesgo de un cambio de Gobierno, frecuente tras las elecciones, aún victoriosas). Las elecciones tuvieron lugar el seis de Junio de 1993. Pues bien el listado de cheques y extracciones millonarias durante los meses de Mayo y Junio arroja que, por término medio, fue de 106,4 millones en Mayo y de 128 millones en Junio. Si se prescinde del año 93, la media baja hasta 90,49 millones en Mayo y hasta 121,67 en Junio. Ello se debe a que las cantidades extraídas en Mayo de 1993 fueron de 250 millones de pesetas y, en Junio, de 185 millones de pesetas (la cifra de Mayo es la segunda más alta en extracciones de todo el período 1983-1993 después de la de Julio de 1988, ya citada y la de 435 millones entre Mayo y Junio es la más alta en cualquier conjunto de dos meses consecutivos que se contemple a lo largo del período investigado). Por cierto, en 1986 las dos cifras más altas de extracciones se producen en Septiembre, mes anterior al cese de Sancristóbal –152 millones- y en junio, coincidiendo con las Elecciones Generales, -130 millones. También en 1989 la cifra más alta de extracciones se produce en octubre coincidiendo con las Elecciones -170 millones de pesetas.
En cuanto a la enemistad de Roldán, no está claro que sea anterior a sus declaraciones sumariales. De Roldán el Bueno habló Vera en juicio; de la amistad con Vera habló la primera esposa de Roldán. La fuga de éste no es la de una persona contemplada con desconfianza por todos. Después de sus declaraciones, después de que se negó a tener la exclusiva de la corrupción, si acaso compartida con Sancristóbal, hay enemistad y por eso han de medirse con cuidado sus declaraciones en juicio precedidas de declaraciones de aviso a sus antiguos compañeros, en las que latía la amenaza.
Y por eso el Tribunal insiste en que Roldán tal vez merezca poco crédito con su sola palabra. Pero no pueden despreciarse sus declaraciones cuando van acompañadas de datos objetivos. Por ejemplo, es creíble Roldán cuando dice que muchos de los datos de su declaración ante el Juez Garzón ya estaban en la carta que dirigió al Presidente del Gobierno, pues buena parte de ellos aparecen, antes de la investigación, en la carta al Juez y declaraciones de su esposa (a los folios 204 y siguientes, de difícil lectura y mal foliados por cierto), o al menos es más creíble que el ex-Ministro que reconoce haber tenido en sus manos esa carta del huido más famoso e importante, que fue Director General de su Departamento, y haberla roto sin entrega a su Presidente y destinatario, y sin conocimiento de su contenido.

DECIMOCUARTO.- Sobre la credibilidad de Sancristóbal hay también serias dudas. Prácticamente en ningún momento puede cotejarse su declaración con datos objetivos. Solo reconoce el cobro de dinero después de declarar Roldán y cuando ya las investigaciones sobre él van a demostrar el manejo de cantidades inmensas de dinero. Lo que reconoce como cobrado o sustraído de los fondos destinados a gastos reservados le perjudica sólo en la medida en que ratifica lo que se podría descubrir igual sin ese reconocimiento y le beneficia en cuanto que reconoce a duras penas la mitad de lo sustraído. Debe ser creído cuando dice que recibió 7 millones cada año que estuvo de Gobernador Civil de Vizcaya porque cuenta en esto con el refrendo, en cuanto a la cifra, de lo recibido por Roldán, (en cheque a su nombre), de lo recibido por López y de lo recibido por Rodríguez Colorado; con el dato de los pagos de siete millones por Navidad que resulta de las declaraciones de Roldán y de los extractos de cuenta del Banco de España; y , en cuanto a la entrega para su lucro, con la dificultad de encajar tres cifras iguales con destinos a fines precisos en tres años consecutivos (que en realidad fueron un año y dos pequeños picos) pues, como han declarado prácticamente de forma unánime los testigos Gobernadores Civiles y el propio Rafael Vera, a los Gobernadores no se les daba dinero para gastos reservados en cantidad fija sino en cantidades variables acomodados a cada gasto necesario en concreto, lo que excluye que los pagos fueran destinados a esos gastos y Sancristóbal se aprovechara de ellos por su cuenta y permite afirmar el pago por Vera: para enriquecimiento de Sancristóbal.
El cobro de 10 millones anuales en 1985 y 1986 a modo de autoliquidación –son palabras del acusado- y como indemnización por el desplazamiento a Madrid y las molestias ocasionadas es, en pequeña medida, cierto. Es cierto que sustrajo 20 millones pero no sólo 20 millones. Las cantidades que se ingresaron en la cuenta de INDUBAN de Jerez, donde contaba con su “banquero de confianza”- el Sr. Para Molina al que se le entregaban en mano y sin recibo 70 millones de pesetas en metálico- en el año 1986 (antes de la compra de la empresa Marconi), superaban los 154 millones de pesetas (según dictamen pericial al folio 5.708 y siguientes ratificado en juicio). Supuesta cierta rentabilidad de los pagarés del tesoro que vencen en Junio de 1986 por importe de 83.474.194 pesetas y asumiendo alguna capacidad de ahorro lícito por parte de Sancristóbal ( no mucha pues dice que necesitaba ser compensado al llegar a Madrid por sus dificultades personales y la pérdida de empleo de su esposa), la cantidad mínima que puede entenderse sustraída es la de 130 millones de pesetas que dice haber recibido del matrimonio formado por Lucía Aldalur y Ángel Ibarlucea , los carniceros de Ermua, para ser invertido por él como persona más preparada y con posibilidades de hacerlo fuera del país Vasco.
En efecto no puede tenerse por cierto que el matrimonio integrado por Lucía Aldalur y Angel Ibarlucea entregara al acusado Sancristóbal entre 130 y 140 millones de pesetas a partir del año 1983 para que este lo invirtiera pues:
- No hay constancia de la forma de ahorro previo y ocultación de ese dinero
- No consta ningún recibo de entrega
- No se ha dicho la forma de entrega
- El acta de manifestaciones ante notario de Miranda de Ebro en que se afirma esa entrega es de 8/6/95 cuando Sancristóbal está preso
- Tan pronto como Aldalur e Ibarlucea tienen que ratificar ante el Juez el acta de manifestaciones, se desdicen rotundamente, aclaran que el acta la redactó el cuñado de Sancristóbal y afirman que lo manifestado respondía el deseo de que Sancristóbal fuera puesto en libertad (folios 4.079 y siguientes 12.186 y siguientes 4.077 y siguientes, 13.111 y siguientes 13.113 y siguientes)
Preguntada en plenario y por exhorto a su residencia en La Rioja – pues estaba impedida de moverse- sobre estos hechos; Sofía Aldalur, ya viuda, contestó a todos las preguntas que pudo cediendo el protagonismo a su difunto esposo, pero, con todo, hay dos respuestas que no pueden ignorarse: Sancristóbal había afirmado que en años posteriores había devuelto a este matrimonio hasta 185 millones de pesetas –principal e intereses- y que los 70 millones que entregó a Parra Molina en Octubre de 1986 eran parte de los 130 o 140 millones recibidos de ellos. Pues bien a la pregunta nº 10 de la defensa del Sr. Vera sobre si le habían sido devueltos 185 millones de pesetas la Sra. Aldalur responde que “que ella sepa no”, y a la pregunta nº 2, y única declarada pertinente, de la defensa del Sr. Barrionuevo sobre si habían entregado, en fechas próximas a Octubre de 1986, 70 millones de pesetas al Sr. Vera responde: “ no me acuerdo, no lo sé, el dinero lo manejaba mi marido”
Conforme a reglas de experiencia es imposible que se olvide o ignore haber entregado 70 millones de pesetas e impensable, por mucha que sea la sumisión de la esposa, que no sepa si al matrimonio le han sido devueltos 185 millones de pesetas.
Por tanto lo único creíble de Sancristóbal es que recibió 21 millones de Vera mientras era Gobernador Civil. El resto de lo sustraído – los diez millones anuales que dice de compensación, más las otras cifras de que se apropió, hasta un total mínimo de 130 millones de pesetas, mínimo que resulta de las pruebas periciales (folio 5.716) y de su propia y destruida coartada- pudo hacerlo, contando con el beneplácito de Vera y Barrionuevo y sin contar con él, pues disponía de los fondos sin necesidad de aquellos. Pero, en persona no muy fiable, la implicación de otros, la idea de que no lo cogió sino que se lo dieron o le autorizaron no puede ser tomada como prueba suficiente de cargo.
Esa fiabilidad disminuye todavía si se piensa en su narración sobre los 25 millones recibidos de “finiquito” a su marcha. En primer lugar no hay nada que permita afirmar que esa fue la cantidad recibida, en su caso, y no otra mayor o menor. Simplemente 21+20+25 cuadran con 66 – que son los devueltos- aunque los veinte (y los veinticinco) están difuminados dentro de cifras mucho mayores. Son 66 millones que Sancristóbal memoriza, quizá sea mejor decir construye, entre la declaración ante el juez el 18 de Julio de 1995 –en que no recuerda nada- y la de 20 de Julio de 1995, dos días después, en que lo recuerda todo. Pero lo misterioso es que en esa declaración (incompatible en parte con la anterior sobre recepción de 130 millones) Sancristóbal tiene claro que los 25 millones se los entregó Vera poco antes de su cese y en una sola entrega. Luego, en juicio, sostiene que no fue así, que Vera le prometió 25 millones y le pago 12 ó 13, que él se molestó pero no dijo nada ni protestó y que, sin embargo, días después, le llamó Barrionuevo y le entregó la diferencia –trece o doce- hasta 25 millones. Es extraña esa mala memoria inicial de un dato tan relevante- no se cobran 25 millones en billetes todos los días –es extraño olvidar la participación del Ministro, y es extraño que, sin protesta del “perjudicado”, los que han decidido pagar menos rectifiquen por propia iniciativa. Esa declaración en la que aparece un hecho importante, nuevo, poco lógico, revelado por primera vez en plenario y perjudicial para el Ministro, con el que la relación actual es mala, hasta el punto de que entre ambos hubo un enfrentamiento verbal al terminar una de las sesiones del juicio, y antes de declarar Sancristóbal, no puede generar certeza en el Tribunal contra Barrionuevo.
En resumen el hecho de que Sancristóbal se apropió de al menos 130 millones de pesetas está acreditado por prueba pericial y por su propia alegación defensiva al presentar una coartada increíble que sin embargo fija, paradójicamente, la cuantía mínima que explicaba su fortuna; y está probado que, de ellos, Vera le entregó 21 millones porque es la única acusación reforzada por datos e indicios externos ya enumerados.
También está probado que Sancristóbal hizo como Director de la Seguridad del Estado dos pagos de 7 millones de pesetas a Roldán en 1989 y 1985. Lo dice Roldán, creíble en este punto –recibió otro cheque nominativo de Vera- y lo refuerza la insólita forma de pago en uno de los casos –cheque de INDUBAN de Jerez- comprado, entre otros, con cargo al ingreso de 28 millones que salen de la cuenta de la Secretaría de Estado en el Banco de España, según han acreditado los peritos y lo han ratificado en juicio oral. (sesión de 27 de Noviembre de 2001).

DECIMOQUINTO.- Sobre las cantidades entregadas por Vera a Roldán.
Roldán recibe de Vera el 10/3/86 un cheque nominativo a su nombre con cargo a la cuenta de fondos reservados. Vera acepta el hecho pero dice que se destinaba el dinero al uso propio de dichos fondos. La cifra es absolutamente sospechosa y ni cuadra con el destino a gastos reservados que el cheque fuera nominativo, ni que, si el destino era ese, se obligara a ir al Banco al Delegado del Gobierno y no a cualquier funcionario más discreto. La explicación de que no se podían cobrar cheques al portador no es cierta. López los ingresó en su cuenta sin ningún problema. Roldán recibe de Vera en Diciembre del 87 siete millones de pesetas. Son esas las Navidades que más cheques se libran por esa cifra, entre otros también el que cobra Juan Ignacio López: es creíble la versión de Roldán. Hay otra entrega de 17 millones de pesetas que Roldán hace suyas mediante el cheque 3934756 librado el 4 de Julio de 1988, una semana antes del cese de Barrionuevo, pero fuera de ese dato sospechoso y del hecho de que Roldán se queda con el dinero, no hay otro alguno adicional que permita afirmar que le fue entregado con ese fin. Lo cierto es que Roldán se quedó con dinero que le fue prometido y entregado para ello, con dinero que no le fue entregado para ello y con todo el dinero que pudo, con acuerdo previo o sin él, por lo que tal acuerdo no puede presumirse ni tenerse por probado con la sola palabra de Roldán, ni inferirse del hecho de que Roldán se lo apropiara.
Pero en las reuniones de Roldán con Rodríguez Colorado y Vera si hubo acuerdo. Roldán dice la verdad en esto. Que las reuniones tuvieron lugar lo anticipa, aunque con un error de fechas (año 91 en vez de año 90), la esposa de Roldán antes de conocer los extractos bancarios y lo dicen todos: Roldán, Rodríguez Colorado, Vera (aunque con reticencias) y Corcuera ( aunque llegó tarde y afirma que ante él no se hablo de dinero ni se acordó nada). Que hubo acuerdo lo dicen los hechos. Las reuniones son en Enero y a partir de Febrero empiezan a llegar los cheques adicionales de cinco millones de pesetas a la Dirección General de la Guardia Civil. Ya es raro que no llegue un solo cheque incrementado en 5 millones sino dos pero es que, además, todos los testigos que han declarado afirman que llegaban los dos cheques, que el dinero correspondiente al de mayor importe se ingresaba en una caja y se entregaba el dinero, o directamente el cheque restante al Director General, que ese dinero era conocido como “dinero de Su Excelencia” y que cuando “Su Excelencia” tardaba en recibirlo les hacía llamar a la Secretaría de Estado y preguntar por él, que Roldán hablaba con absoluta naturalidad de “su” dinero refiriéndose al importe del segundo cheque y que, desde la Secretaria de Estado, el entonces coronel Seivane o Juan de Justo les decían “te mando el dinero para tu Director General” (véase sobre todo las declaraciones en juicio del hoy General Fuentes y del Capital Fabián, acta correspondiente a la sesión de 5 de Noviembre)
Igualmente afirma Roldán que, tras una discusión con Vera por razones de política de seguridad, en vez de cinco millones de pesetas empezó a recibir diez –en dos cheques de cinco- desde Diciembre de 1991. Puede que más que discusión hubiera otra cosa. Pero lo cierto es que llegan los diez millones y que, cuando desde la Secretaría de Roldán se preguntó a la Secretaría de Estado, les confirmaron que el Secretario de Estado (Vera) “ ordenó que en lugar de cinco millones fueran 10 millones” ( declaración en juicio del hoy General Fuentes) y “en lugar de los cinco” sólo puede querer decir que con igual destino que aquellos, esto es, para el lucro de Roldán.
En cuanto a las cantidades percibidas antes de ese acuerdo por Roldán cuando ya era Director General de la Guardia Civil los días 11 y 12 de Julio de 1988 son cifras – 10 millones y 7 millones- exactamente coincidentes con las ingresadas en la cuenta de Jaquotot. Y se hacen al cese del Ministro Barrionuevo y en días de especial intensidad de libramiento de cheques y extracciones bancarias. Es absolutamente creíble Roldán en este punto. Igualmente ha de decirse del cheque correspondiente en las Navidades 89-90 y librado el 9/1/90 en la misma fecha en el que acaba ingresado en la cuenta de Jaquotot y por la tradicional cifra navideña de 7 millones.
En cambio, el segundo de los cheques recibido el 16 de Febrero de 1990 es ajeno al pacto de enriquecimiento y de su sola apropiación por Roldán no nace prueba suficiente contra Vera. Pueden aquí reproducirse los razonamientos a propósito del cheque de 17 millones librado el 4 de Julio de 1988.

DECIMOSEXTO.- Sobre las cantidades que Vera entregó a Rodríguez Colorado y de las que éste dispuso.
La coincidencia absoluta entre las reuniones de Vera, Roldán y Rodríguez Colorado y el comienzo de los pagos a Roldán demuestra la existencia de un pacto en ese sentido como antes se ha dicho.
Los cheques de cinco millones que mensualmente se entregan a Roldán tienen su paralelo en 13 ocasiones, de Febrero de 1990 a Febrero de 1991, con cheques por igual importe, librados en igual fecha o en fecha muy próxima (de las 13 veces, nunca hay más de 9 días entre un cheque y otro y coinciden exactamente las fechas en nueve ocasiones), e ingresados por Jaquotot. También los números de los cheques son consecutivos en ocho ocasiones y casi consecutivos, separados por cinco unidades o menos, en las restantes.
Estos cheques iban a la Dirección General de la Policía como ha declarado en juicio el General Seivane y como ha declarado el propio Vera (aunque su versión es que quizá se mandaba a las Direcciones Generales para gastos de seguridad del Personal de las propias direcciones). Seivane, Director del Gabinete de Coordinación y Planificación de la Secretaria de Estado entre 1987 y 1993, y que durante mucho tiempo tuvo autorizada su firma par librar cheques contra la cuenta de esa Secretaria en el Banco de España, dice que no recuerda la fecha en que se inició la entrega a las dos Direcciones Generales de un segundo cheque por importe de 5 millones pero si recuerda que hubo un momento en que las Direcciones Generales recibían un solo cheque, en cantidad más elevada el de la Policía (en esto concuerda con todos) y que, en un momento determinado, por instrucción expresa del Secretario de Estado (Vera), se les dijo que complementaran esas cantidades con otro cheque para cada una de las Direcciones Generales y que este cheque complementario y el cheque complementado, por lo común, se extendían en la misma fecha. (Acta de la sesión del juicio oral de 22 de Octubre de 2001).
Pues bien, así como Roldán niega que su dinero fuera para Seguridad de los Directores Generales, cuando en nada le beneficia afirmarlo, y dice que se lo entregaron para su enriquecimiento, lo que se ha demostrado que es verdad, Rodríguez Colorado niega simplemente que se recibieran esos cheques en la Dirección General de la Policía. Lo hace en todas las declaraciones y por supuesto en el acto del juicio oral. Sin embargo afirma que se ha enterado durante el proceso de que Jaquotot ingresaba dinero de cheques de la cuenta de la Secretaria de Estado, explica que esos cheques se remitían desde la propia Secretaria de Estado y los justifica por los suministros facilitados por Jaquotot de material muy especial y por los servicios prestados por su cualidad de hombre de negocios con contactos en diversas repúblicas hispanoamericanas, en Rusia y en Israel (insinuando relación con la lucha contra el terrorismo, seguimiento y control de miembros de E.T.A.). Todas estas afirmaciones de Rodríguez Colorado son falsas.
En primer lugar, los cheques llegaban a la Dirección General de Policía. Lo dice Vera y lo dice el, ahora, General Seivane.
Y en segundo lugar, los únicos cheques que, según el extracto de la cuenta del Banco de España y el informe de los peritos de Hacienda, coinciden con los cobrados por Roldán en cantidad, consecución numérica y ritmo de pago son los ingresados en su cuenta por Jaquotot. Y es absurdo que desde la Secretaria de Estado para la Seguridad se pague a Jaquotot al ritmo y en las cuantías que a Roldán y, además, en ese caso, y teniendo en cuenta que otro cheque de igual cuantía y periodicidad llegaba a la Dirección General de la Policía, no existirían agrupaciones de dos cheques gemelos sino agrupaciones de tres cheques gemelos. Y se comprueba en los extractos del Banco de España y en los informes de los peritos que no es así. Es más que prácticamente no hay otros cheques por importe de 5 millones de pesetas a lo largo de 1990. Por tanto la única forma de que ingresaran los cheques en la cuenta de Jaquotot era por conducto de la Dirección General de la Policía, el administrador de esos cheques y el único en esa Dirección General que era íntimo amigo de Jaquotot era Rodríguez Colorado (todos los demás testigos como mucho dicen que lo han visto por la Dirección alguna vez y siempre con Rodríguez Colorado), luego tuvo que ser Rodríguez Colorado o alguien por indicación suya quien los entregó a Jaquotot.
En cuanto a los cheques ingresados en la cuenta de Jaquotot antes del acuerdo principal con Vera (10 millones el librado el 11 de Julio de 1988; 7 millones el librado 12 de Diciembre de igual año, otros 7 el librado el 9 de Enero de 1990). La coincidencia en fechas y cantidades con los cheques recibidos por Roldán hace igualmente impensable que sean plazos de pagos a Jaquotot, y además el contraindicio de las falsas explicaciones de Rodríguez Colorado es extensible a estos cheques.
A ello hay que añadir otros hechos especialmente relevantes.
El primero que de esa cuenta salió al menos en una ocasión dinero para Rodríguez Colorado mediante un cheque al portador con el que éste pagó el colegio de sus hijos –con la prima que suponía el pago en una sola vez-. En efecto a los folios 1.339 y siguientes consta carta del Sr. Jaquotot al Director o empleado de Bankinter Sr. Sanz donde le ruega le facilite talón al portador por importe de 843.744 pesetas (y el resto hasta un millón en metálico). Con ese cheque se pagó el colegio de los hijos de Rodríguez Colorado(folios 1.341 a 1.343). Por cierto, que en la misma carta de Jaquotot en que se solicita el talón nominativo se anuncia la remisión de dos talones del Banco de España por importe de 10 millones de pesetas lo que parece algo más que una asociación de ideas (folio 1.339).
Jaquotot realizó algunos suministros a Interior. Eso es cierto. Pero los cobró con factura que se ha unido a las actuaciones y los cobró de una sola vez (véanse los folios 5.658 y siguientes, en especial 5.674 y 5.679). No constan pagos aplazados ni dilatados a lo largo de los años. Otros suministros de material especialmente secreto no constan por ningún lado. En sus declaraciones sumariales Vera informa que la documentación sobre Jaquotot se destruyó. Podrá destruirse el libro en el que se apuntan los pagos con fondos reservados y las personas perceptoras, pero los documentos acreditativos de contratos, los informes, las notas sobre gestiones con relación a confinados de E.T.A. o la obtención de material tan sensible no se destruyen nunca. Se guardarán, se clasificarán de secretos pero no se destruyen.
Tampoco hay prueba alguna testifical de esa condición de agente secreto de Jaquotot. Solo Vera y Rodríguez Colorado la conocen es decir solo aquellos a quienes compromete el dinero ingresado en las cuentas de Jaquotot. Corcuera habla de referencias y dice que dedujo de alguna conversación con Vera que Jaquotot podía trabajar para el Ministerio. Conocimiento por mera referencia extraño, si los servicios de Jaquotot eran tan interesantes.
El Comisario Ballesteros, que dirigía el Gabinete de Información de la Secretaria de Estado para la Seguridad entre 1987 y 1993 y era experto en contraterrorismo y dedicado a la lucha contra E.T.A., no conocía a Jaquotot y hasta creía que había muerto antes de llegar él al cargo. (Véanse sus declaraciones en el acta correspondiente a la sesión de 18 de Octubre de 2001).
El Subdirector de la Policía Sr. Linares, dice que conocía a Jaquotot de vista (acta de la sesión de 14 de Noviembre).
Jesús Martínez Torres, Comisario General de Información es más ambiguo pero dice que no sabe si el Sr. Jaquotot era o no colaborador de interior y que si lo era él no tenía por qué saberlo, manifestaciones estas que no ratifican las de Vera y Rodríguez Colorado. (Acta del Juicio del día 15 de Noviembre).
Conde Duque, sucesor de Rodríguez Colorado, y antes colaborador suyo en la Dirección General de Policía, dice que durante ese tiempo no supo que Jaquotot trabajara para el Ministerio de Interior (acta de 10 de Octubre de 2001).
En fin ni el padre de Jaquotot (en sus declaraciones sumariales –folio 5.312-) ni la esposa de Jaquotot sabían que su hijo y esposo trabajara para el Ministerio del Interior (Acta del juicio oral, de 24 de Octubre).
En definitiva:
- Nadie más que Vera y Rodríguez Colorado dicen que Jaquotot trabajara para Interior. Pese a la singular transcendencia y delicadeza de sus funciones, los Ministros no las conocen.
- No se ha acreditado ningún servicio ni suministro de clase alguna, fuera de los suministros que están pagados, por parte de Jaquotot.
- Se afirma que la información sobre sus servicios se ha destruido, lo que es impensable
- Se afirma que por sus servicios y suministros cobraba a plazos al mismo ritmo, en fechas y cantidades, que Roldán, siempre la misma cantidad -5.000.000- a partir de Febrero de 1990 y en números redondamente millonarios.
- Se niega por Rodríguez Colorado que los cheques ingresados por Jaquotot procedieran de la Dirección General de Policía cuando no podían proceder de otro lado, una vez llegados a ella, como llegaron.
Todo esto es absurdo. En cambio la manifestación de Roldán tiene la estructura sencilla de la verdad: se acordó el pago y se pagó. Y eso es todo. Por eso coinciden fechas y cuantías.
El hecho de que a partir de Febrero de 1991 no se ingresaran más cheques en la cuenta de Jaquotot no significa nada. Puede ser que Rodríguez Colorado se conformara con lo recibido, puede ser que cobrara por ventanilla los cheques, y guardara el dinero, puede ser que utilizara otro mediador. En la duda nadie le acusa de recibir más dinero, pero esa duda no es un argumento de que no hubo pacto porque Roldán cobro más. Roldán cobró más que nadie porque cobró lo pactado y lo no pactado y se apoderó del dinero destinado en verdad a gastos reservados y de todo lo que pudo. Pero que Roldán sustraiga mucho no permite, conforme a las reglas lógicas, afirmar que Rodríguez Colorado no sustrae nada. Es verdad que no siempre que cobra Roldán (o que se lleva dinero Roldán) cobra “Jaquotot” pero si al revés: lo que significaría que Vera decidió, cada vez que hacía un pago a Jaquotot, dar una cantidad igual a Roldán y eso no tiene sentido alguno.
En fin, la defensa de Rodríguez Colorado, con gran inteligencia, ha puesto el acento en que de la cuenta de Bankinter no se ha acreditado que haya vuelto a salir dinero para Rodríguez Colorado. No es del todo así como se ha visto, pero es que además hay que decir que no ha podido seguirse la pista de todos los cheques al portador ni de las extracciones en metálico de dicha cuenta; que, en juicio altísimo de probabilidad, Jaquotot tiene más de una cuenta corriente como muchísimas personas y como la totalidad de los comerciantes y hombres de negocios importantes, que por sus negocios de importación y exportación tenía que tener cuentas en bancos extranjeros y que es muy fácil devolver el dinero para una persona de esas características. Pero, en último extremo, acreditado que no existe causa alguna para que Jaquotot cobrara, si Rodríguez Colorado le regaló el dinero o no pudo recuperarlo después de depositarlo en su poder, el delito está igualmente consumado desde que se dispone del dinero. El enriquecimiento propio pertenecería a la fase de agotamiento delictiva, con lo que la forma en que se produjo esa recuperación, y aún si se produjo, es irrelevante.

DECIMOSÉPTIMO.- Sobre el dinero entregado por Rafael Vera a Francisco Álvarez y su apropiación por este.
Francisco Álvarez reconoce haber recibido de Vera un cheque por importe de 15 millones el seis de Noviembre de 1986 poco después de cesar en su cargo, lo que hizo voluntariamente y por razones familiares (mencionó poco antes a sus hijas).
Dice que quedaban flecos pendientes de la “operación Sokoa” y, entre ellas, el pago a un confidente suyo. Por eso recibió el dinero con el que, tiempo más tarde pago al confidente. Naturalmente, según sus explicaciones, nadie más que él conoce al confidente ni es posible dar dato alguno de su identificación. La forma de pago tenía que ser esa porque no se sabía cuando podía volver el confidente, que lo haría con disimulo porque, si E.T.A. descubría algo, corría un gran peligro, y se dirigiría a él y no a otro, y por eso él recibió el dinero. Lo cierto es que el cheque fue ingresado en la sucursal de Induban en Jerez a nombre de la esposa de Álvarez, que se encargó de gestionar el dinero el Sr. Parra Molina, amigo de Sancristóbal, que se invirtió y se reinvirtió sucesivas veces y que fue finalmente en unión de otras inversiones, tras las vicisitudes ya descritas sale de la sucursal de Madrid el 21 de Septiembre de 1987. Y lo cierto es también que no hay dato alguno –ni siquiera una extracción bancaria- que justifique el pago al confidente, por lo que Álvarez tiene que afirmar que realizó el pago en tres veces y con dinero oculto que tenía en su casa procedente de otros negocios.
No es creíble:
- Ni la figura del confidente al fiado que ya cobrará, si, luego de utilizado, tienen a bien pagarle sus servicios (esenciales, se dice).
- Ni que, si se ha de pagar al confidente y no se sabe cuando, se invierta el dinero en títulos liquidables pero que no sean dinero líquido, pues el confidente quiere lógicamente el pago inmediato en dinero.
- Ni que se pongan los títulos a nombre de la esposa de la que Álvarez (casado y con hijos) no es heredero a título de dueño sino de usufructuario y en modesta cantidad.
- Ni que se ingrese en una sucursal de Jerez, una de las ciudades más lejanas de Barcelona, ciudad la segunda donde Álvarez fija su domicilio.
- Ni que la persona en peligro prefiera reunirse tres veces con un conocido jefe de policía, por mucho que las citas sean disimuladas, y no sólo una.
Y tampoco es fácil de creer que nadie tenga millones en su casa.
Conclusión: Álvarez recibió el cheque para si y fue uno más de los que se enriqueció injustamente con dinero público.

DECIMOCTAVO.- Sobre el dinero entregado por Vera a José Ignacio López Rodríguez, las razones para hacerlo y el apoderamiento por López Rodríguez del dinero.
Con habilidad evidente y espectacularidad cierta el abogado de López Rodríguez remarcó la hora exacta al comienzo de su informe en que quedaría patente que su defendido recibió el dinero para su seguridad. Y expresó que, al igual que Agustín Linares, que no ha sido juzgado y que empleó el dinero en adquirir un piso distinto de aquel en que vivía tras ser amenazado, también su defendido empleó el dinero en la compra de un piso a poco de cesar como Gobernador Civil, y por ello utilizó el dinero para su seguridad, como Linares. Para eso le había sido entregado al igual que a Linares. También comparó el caso con el de Manuel Fraga Iribarne, que recibió, siendo funcionario público, dinero para reconstruir su chalet y aludió (como otros defensores) a más funcionarios que cobraban de fondos reservados.
La comparación con Linares no es muy afortunada. Linares fue inculpado porque recibió dinero y exculpado luego porque pudo demostrar que estaba localizado por un comando del “G.R.A.P.O” y presentó justificantes que permitían razonablemente pensar, o no descartar del todo, que dedicó el dinero recibido a los gastos de compra de un piso en otro lugar.
Lo de otros funcionarios que cobraban, con alusión directa a Manuel Fraga Iribarne y a fiscales de la Audiencia Nacional, es absolutamente inaceptable.
Los Fiscales cobraban por dar conferencias. Es decir, hacían una prestación que redundaba en la mejor formación de mandos y agentes de los Cuerpos de Seguridad. Tenían derecho a cobrar esa prestación y la Administración la obligación de retribuirla mediante una contraprestación. No corresponde a los Fiscales sino a la Administración conocer y decidir con cargo a que concepto presupuestario se realiza el pago.
Y, en cuanto a Manuel Fraga, es cierto que en la fecha que recibió una indemnización, después de que su chalet fuera destruido por un grupo terrorista, no se habían promulgado las leyes 13/96 de 30 de Diciembre y 66/97 de 30 de Diciembre sobre ayudas a los damnificados por delitos de terrorismo. Pero, aunque quizá no esté tan presente como debiera en el ánimo de alguno, es lo cierto que en un Estado democrático que proclama el pluralismo político como valor superior del Ordenamiento Jurídico (art. 1 de la Constitución) y que atribuye a los partidos políticos la principal expresión de ese pluralismo definiéndolos como instrumento fundamental para la participación política (art. 8 de la Constitución) y en el que las Cortes Generales representan al Pueblo Español, (Art. 66), la seguridad de un diputado que lidera el principal partido de la oposición es obligación principalísima del Gobierno y cuando esa seguridad se pone en entredicho de forma tan violenta y grosera como la destrucción con explosivos del chalet familiar no hay problema serio en afirmar que ha existido un anormal funcionamiento de los servicios públicos (“algo hemos hecho mal” dijo Barrionuevo), del que nacería la obligación de indemnizar conforme al artículo 40 de la entonces vigente Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado y, también en este caso, es a la Administración y no al perjudicado a quien corresponde cuidar de la legalidad del expediente indemnizatorio. Y en fin en lo que afecta directamente a López Rodríguez:
Declaró en sumario que el cheque se le entregó para compensar pagos anteriores anticipados por él para gastos reservados (folios 6.145 y sig.)
También Vera declaró que el cheque se había entregado para gastos reservados del Gobierno Civil.
Como la primera explicación de López Rodríguez no tiene sentido y no puede acreditar esos anticipos, cambia su versión y dice que se le entregó para su seguridad (Acta del juicio de 9 de Octubre).
También Vera se da cuenta de que los pagos para gastos reservados no solían ser de cantidades tan redondas y se apresura a decir que lo entregó para la seguridad (Acta del juicio de 3 de Octubre).
Pero las versiones son contradictorias pues mientras que Vera dice que no sabe en que gastó el dinero López Rodríguez, aunque cree que para su seguridad, López Rodríguez dice que lo empleó para su seguridad a lo largo del tiempo y que le ha ido comentando a Vera lo que hizo con ese dinero, aunque no con detalle.
Así las cosas:
Si lo comentó con Vera, no tiene sentido que Vera no tenga conciencia cierta al menos de lo dicho por López Rodríguez.
Si lo empleó a lo largo del tiempo, no lo empleó para pago parcial de un piso (que por cierto se compró y se vendió en pocos meses)
Si su seguridad estaba en cambiar de domicilio, no se entiende que el cheque se libre en Diciembre de 1987, cuando era imposible saber que iba a cesar como Gobernador Civil nueve meses después.
En fin, Roldán hablaba de cheques de siete millones de pesetas y, en la Navidad de 1987, el de López Rodríguez es uno más de una larga serie. No es comparable a Roldán pero, en este caso, López Rodríguez hizo lo que Roldán. Recibió el dinero para él y se lo quedó.

DECIMONOVENO.- Sobre el pago de sobresueldos y gratificaciones con carácter general en la Secretaria de Estado de Interior.
Aunque sobre este hecho no se formula acusación contra nadie, tiene interés para comprender lo ocurrido, y ello no es solo opinión del Tribunal sino del Ministerio Fiscal, el Abogado del Estado y las defensas sobre todo de alguna de esta últimas a juzgar por el apasionamiento que ha puesto en negarlo.
Este hecho fue negado por una Mayoría de funcionarios y testigos y reconocido por una minoría. El Tribunal ha creído a esta minoría pero no por capricho. En primer lugar, ha creído a estos últimos porque en la valoración de su testimonio, captado con inmediación, han puesto un poder de convicción, una firmeza y reiteración en sus contestaciones de la que carecían los demás. En segundo lugar, por la coherencia de su actuación pese a la evidente impopularidad de la misma. Así la Doctora Doña Inmaculada Sánchez Bejo llegó a la demanda laboral de reclamación de reconocimiento de ese sobresueldo. Perdió, porque, en el proceso civil, la alegación de una parte que reclama el cumplimiento de una obligación ha de someterse a prueba. Pero en este proceso su declaración como testigo hace prueba, si es creíble, y lo es. La Doctora Sánchez Bejo ha dicho la verdad, como la ha dicho Doña Juliana Herrero, que ratificó que entregó dinero a aquella tras recogerlo en un sobre de la Secretaria de Estado. También la ha dicho D. Francisco Garrido Sotelo, que incluso denunció los hechos arriesgando la incomodidad de la inculpación pues él cobraba esas gratificaciones. Y lo ha dicho Doña Aurora Lobo Díaz (las declaraciones de estos testigos, la firmeza de sus respuestas, los datos que aportan y la longitud de los interrogatorios a que fueron sometidos puede contrastarse con la lectura de las actas del juicio de los días 16, 22 y 30 de Octubre). Y se comprobará que incluso coinciden en la cantidad recibida como gratificación “fuera de nómina” y como no es posible hablar de conspiración pues ya en sumario habían dado esa cifra (40.000 pesetas), aunque entre otras,
Pero es que, además, las declaraciones de estos funcionarios vienen avaladas por las de:
Roldán, que en este caso está refrendado por terceros.
Sancristóbal, que hizo estas manifestaciones en fase sumarial y cuando la imputación podía volverse contra él, que fue uno de los responsables de los fondos usados en gratificaciones (véanse sus declaraciones ya citadas en Julio de 1985).
Álvarez que ha reconocido que cobraba una indemnización mensual de 100.000 pesetas por molestias y gastos de su traslado de Barcelona a Madrid.
El propio Rafael Vera, en una declaración un tanto oscura en el acto del juicio, donde habló del sobreesfuerzo de los funcionarios de la Secretaria de Estado, de su mayor vulnerabilidad y de la necesidad de dar a algunos de ellos una cantidad de dinero para que se desplazaran en taxi para incrementar su seguridad.
Más funcionarios han dicho que no se cobraba, es cierto. Pero es claro que la sensibilidad social ante la corrupción es hoy mayor que antes, que quizá muchos, como ocurrió con la Doctora Sánchez Bejo, creían entonces tener derecho a cobrar y ahora temen enfrentarse a la condena social cuando no a la penal. Probablemente, aunque testigos, no tenían obligación de decir una verdad tan perjudicial potencialmente para ellos. Es comprensible su conducta, pero no ha contribuido nada a aclarar los hechos, e incluso, en alguna ocasión, el resto de sus declaraciones -lleno de imprecisiones y olvidos- daba la vehemente impresión de estar condicionada por su propio pasado. Es comprensible su conducta, pero la que ha de destacarse en la de quienes han tenido el valor de decir la verdad como Inmaculada Sánchez Bejo, Juliana Herrero, Francisco Garrido Sotelo y Aurora Lobo Díaz.

VIGÉSIMO - Sobre el enriquecimiento de Rafael Vera y la sustracción de caudales públicos que tenía a su cargo en beneficio propio:
Es preciso decir que no existe prueba directa de que Rafael Vera sustrajera en su propio beneficio dinero de la cuenta del Banco de España que tenía a su cargo.
Las investigaciones se hacen, en buena parte, luego de declaración y denuncia de Roldán, ya citada varias veces, en la que el denunciante asegura no ser la única persona que se ha enriquecido, señala expresamente a Rafael Vera y pide que se investiguen los patrimonios de Vera y de su suegro.
Sin embargo tanto Roldán como Sancristóbal, aunque dicen lo que suponen o sospechan de Rafael Vera y el primero dé una pista para investigar, no afirman saber que Vera sustrajo dinero sino sólo creerlo.
La investigación sobre el patrimonio de Rafael Vera no ha arrojado resultado alguno. Es verdad que en 1992 hay un importante incremento patrimonial que no se corresponde con rentas declaradas, pero ha de tenerse en cuenta que ese año o el anterior recibió una importante indemnización por la muerte de su hijo. Ciertamente que una parte de ese dinero se destinó a pagar el chalet que Vera tiene en Miami, según dijo su esposa, pero esos chalets no fueron demasiado caros según algún testigo (García Juarranz) y, adquirido en 1990, tenía que estar pagado en parte dos años después, por lo que pudo sobrar una importante cantidad. De otra parte, no todo aumento en las cifras finales de la base imponible del impuesto sobre el patrimonio supone un incremento patrimonial real, pues puede ser meramente contable (revisión catastral) o coyuntural (subida de las cotizaciones de bolsa). Los peritos que declararon el día 21 de Noviembre de 2.001 dicen que las cuentas del Sr. Vera son ordenadas, que los ingresos son los correspondientes a sus sueldos y retribuciones, que las salidas son normales y para gastos adecuados, y no consta que la inspección de Hacienda haya encontrado irregularidad alguna en las declaraciones de Rafael Vera que formalmente aparecen como correctas.
Es un hecho claramente probado que Vera dio dinero a todo el mundo. A Roldán, a Sancristóbal, a Álvarez, a López, a Rodríguez Colorado, a funcionarios y que disponía de enormes cantidades de dinero en metálico. Vera no iba a cobrar los cheques al Banco de España: su cuñado (Bernaldo de Quirós) dice que se le entregaba el dinero luego de cobrarlo, lo ratifica su amigo Juan de Justo y lo avalan el General Seivane y el Comisario Mínguez ninguno de los cuales sabe que destino se daba a ese dinero. Ciertamente una persona cuya ética le impide sustraer fondos que tiene a su cargo, no lo hará. Más difícil es pensar en alguien que no tiene problemas en sustraer dinero en beneficio de todos (como ha hecho Vera) pero encuentra insuperables escrúpulos en hacerlo para él. Ahora bien, nunca puede condenarse a una persona porque parezca razonable pensar que ha sustraído dinero. La sospecha razonable sigue siendo sospecha. Quede, eso si, el dato cierto de que Vera disponía de sumas muy importante de dinero sin control externo.
La demostración de que Rafael Vera desvió una importantísima cantidad de dinero de fondos reservados a la adquisición y mejora de inmuebles va a girar en torno a los siguientes ejes.
A. La forma de adquisición de las fincas.
B. El disfrute de las fincas.
C. El dinero invertido en la adquisición y mejora de las fincas.
D. La economía del aparente comprador.

A) Sobre la forma de adquirir las fincas de “La Berzosilla” y la finca “ El Relumbrar”.
1. -La finca de “La Berzosilla” surge de la agregación de otras tres que vendieron respectivamente D. Emilio García Suárez, D. Antonio Ruiz Jarabo y Doña Consolación Iglesias y sus hijos.
En la primera compra, María Ángeles Esquiva Muñoz, esposa de Rafael Vera, intervino en las negociaciones previas aunque dice que lo hacía en nombre de su padre.
En la segunda, no hay otros datos que los de la escritura pública y no consta quien intervino en la negociación.
En la tercera, María Ángeles Esquiva recuerda que llevó las negociaciones previas, junto a su hermana, según dice, y en nombre de su padre, pero afirma que pagó su padre y que ella no estaba presente en el pago (todo esto consta en el acta de la sesión de juicio de 7 de Noviembre de 2001).
Por su parte Enrique Esquiva Muñoz dice, en igual sesión del Juicio, que nadie intervenía en los negocios de su padre ya que éste tenía por costumbre hacer exactamente lo que quería.
En igual sesión del juicio, Consolación Iglesias afirmó que negoció la compra con el padre y con la hija y que la hija fue la que le pagó (lo que revela que estuvo presente en el acto de pagar, hecho negado por María Ángeles).
D. Emiliano García Suárez no pudo asistir al juicio por su enfermedad y edad avanzada: 84 años, pues nació el 6 de Mayo de 1917. Pero en su declaración sumarial, prestada a presencia de las acusaciones y las defensas el día 20 de Junio de 1997 (folios 15.884 y 15.885), manifiesta que las negociaciones las llevó con la hija y que no tuvo trato con el Sr. Esquiva hasta la firma del contrato, siempre con su hija.
2.-La finca “El Relumbrar” la compra inicialmente EPICASA (Edificación, Promociones inmobiliarias y Chalets adosados Sociedad Anónima) compañía constituida el 31 de Diciembre de 1984 y de la que es administrador único Juan Luis Vera, hermano de Rafael. La compra se produce el día 31 de Julio de 1987, el vendedor es la Sociedad Agraria de Transformación “Gira Valencia” y el precio escriturado de 20 millones de pesetas. La venta a Esquiva tuvo lugar, como se ha dicho, el 4 de Octubre de 1989.
No se sabe para que compra un sociedad dedicada a chalets y promociones inmobiliarias tan enorme finca rústica y no ha sido posible averiguarlo en juicio. Según Juan Luis Vera, en su declaración el día 12 de Noviembre de 2001, porque era una buena oportunidad de invertir. Eso se explica si luego se vende por su valor real, muy superior a los 100 millones de pesetas. Pudo Juan Luis Vera ganar más de ochenta millones de pesetas y se contentó con siete (en perjuicio suyo y de sus descendientes y en beneficio del suegro de su hermano y de los descendientes de aquél y de éste en su caso). Inexplicable, y más cuando acaba de separarse tras un proceso, que, según el dice, duró varios años, con los gastos que suelen originar este tipo de procesos.
Las circunstancias de la compra tampoco están claras. Según Juan Luis Vera surgió en una reunión familiar la conversación de que quería desprenderse de la finca, estaban en esa reunión el suegro de su hermano y el cuñado de su hermano, dijeron que les podía interesar y así fue. No hubo regateos, según él, y no recuerda si el Sr. Esquiva y su hijo habían estado en la finca y en concreto si Esquiva vio la finca o no antes de comprarla, aunque está seguro de que quien no la vio fue su hermano Rafael.
Enrique Esquiva Muñoz dice en juicio que Juan Luis Vera en un reunión dijo que iba a vender la finca porque se había separado de su esposa y tenía problemas; que él, Esquiva Muñoz, se lo planteó a su padre y que tanto él, como su padre, como Rafael Vera conocían la finca, porque habían estado allí cazando con Juan Luis Vera, y su padre, que es cazador empedernido, compró la finca.
En cuanto a la forma de pago, Juan Luis Vera duda de si se pago con un talón o fue un pago mixto con parte en metálico y Enrique Esquiva dice que se pagó en metálico y que su padre tenía esa cantidad y más en “dinero negro”.
En definitiva, el hermano de Vera, que compra para invertir, que tiene problemas y puede ganar dinero, vende la finca por un precio ínfimo al suegro de Vera, que, a sus setenta y tres años, compra una enorme finca rústica a cientos de kilómetros de su domicilio, sin que conste claramente si la vio antes de hacerlo, y la paga en forma que se ignora.
B. Sobre el disfrute de las fincas.
1. La finca de la Berzosilla está ocupada desde el momento de su adquisición por Rafael Vera y su esposa y constituye el domicilio habitual del matrimonio según han declarado el propio Vera y su cónyuge y hacen constar incluso en los contratos que firman (por ejemplo el de 2 de Noviembre de 1987 al folio 15.342).
Vera dispone de esa finca, no en el sentido de realizar actos de disposición pero sí mejoras y reformas que son propias de actos de dominio, tales como piscina, pista de frontón, zona ajardinada (que no figuran en el contrato de compraventa pero que encuentran los peritos que van a tasar la finca). El vendedor, Sr. García Suárez, dice a preguntas de la defensa de Vera que la construcción tenía muchos problemas (folios 15.885). La casa que encuentran los peritos Sres. Plaza, Picazo y Díaz es una casa lujosa y de alta calidad (por cierto, tampoco consta de donde ha salido el dinero para pagar esas reformas, pues de Esquiva no es posible y de las cuentas de Vera dicen los peritos que no ha salido).
Quien no vive en la finca nunca es Enrique Esquiva, ahora porque está enfermo y antes porque se encaprichó su hija de la casa (versión de Enrique Esquiva Muñoz), porque la compró pensando que era campo pero no le gusta ese campo sino el de Albacete y prefiere vivir en Madrid (versión de Vera), porque la esposa de Esquiva no podía ir y se tuvieron que quedar en Madrid (versión de María Ángeles Esquiva).
2.- En cuanto a la Finca de Alpera, todos dicen que Rafael Vera va por allí. Explican que va como los demás hijos o yernos de Enrique Esquiva González o incluso menos pero que su presencia se nota más en el pueblo porque es muy conocido. (Declaraciones casi unánimes de Esquiva Muñoz, el propio Vera y su esposa).
La contabilidad de Esquiva González es mala y desordenada en su negocio de ferretería; sus declaraciones de la renta son sistemáticamente incorrectas.
La contabilidad de Vera en sus cuentas corrientes es clara y diáfana, y sus cuentas con el Fisco siempre han estado en orden. Igual ocurre con la contabilidad de la finca El Relumbrar que está cuidadosamente llevada según los peritos incluido el asesor fiscal de Esquiva.
En fin, el perito Gómez Calero, cuando se dirigió a un empleado de la finca refiriéndose a ésta como del Sr. Esquiva, obtuvo la espontánea manifestación de que la finca era de Vera y otro tanto le ocurrió al perito Sr. Vizcaíno quien se perdió, camino de la Finca cuya contabilidad tenía que examinar, y, al preguntar por “El Relumbrar”, también le dijeron “Ah, la finca de Vera”. Evidentemente estos testimonios de referencia, sin referente que los ratifique, no pueden pasar de un valor indiciario pero la naturalidad con que lo contaron los peritos permite afirmar con certeza que esos comentarios existen y pueden ser tenidos en cuenta por el Tribunal.
C.- El precio de adquisición de las fincas y de sus mejoras y de los gastos posteriores.
A los folios 15207 y siguientes aparecen las escrituras de compra de las Fincas de “La Berzosilla”.
La finca original, a la que luego se agregan las dos colindantes, se compró el 20 de Diciembre de 1985 por un precio declarado de 10.000.000 de pesetas. Pruebas periciales han demostrado que es absolutamente imposible que ése fuera el precio de venta. La más favorable al reo de todas ellas, a cuya valoración se acogió con entusiasmo su defensa, sitúa el valor mínimo en 27 millones de pesetas (de ochenta millones habló otro perito).
El Tribunal acepta el precio de 27 millones de pesetas porque lo han asumido las acusaciones pero hace constar que ese precio es apenas creíble, aún con la mayor candidez, toda vez que la finca:
- Está en Torrelodones (no en una villa desconocida)
- Mide 4.977 metros cuadrados.
- Sobre ella estaba edificado un chalet constituido por tres viviendas, todas ellas de una planta y un semisótano; la primera de 99,36 metros cuadrados, más 94,42 metros cuadrados de semisótano; la segunda de 119,98 metros cuadrados, más 111,26 metros de semisótano; la tercera de 156,36 metros cuadrados, más 45 metros de semisótano.
Hay que hacer un singular esfuerzo de credulidad para aceptar que no se pagaran más de 27 millones por este inmueble.
La segunda finca agregada a la anterior y lindante con ella se compró el 10 de Abril de 1986. Es una parcela de 2000 metros cuadrados por la que se pagó, según escritura, un millón de pesetas. Se acepta este precio, como han hechos las acusaciones, pero en la conciencia de que no fue tal sino muy superior.
La tercera finca, también agregada a la primera, se compró el 6 de Junio de 1989. Mide 2.300 metros cuadrados. Se escrituró en ocho millones de pesetas pero la compradora ha reconocido en juicio que cobro 15 millones (declaración en sesión del 7 de Noviembre de 2001 de la Sra. Iglesias). Precio éste, que hace dudar mucho de que la parcela de al lado -trescientos metros más pequeña- valiera 15 veces menos en 1986.
En todo caso, y apurando al límite cuanto beneficia al acusado, cuarenta y tres millones de pesetas fue el mínimo precio de compra de estas tres fincas (ahora una sola parcela)
2.- La finca nº 18.332 está formada por la agrupación de las fincas número 18.330 y 18.332 del término municipal de Alpera y la finca nº 8.136 del término municipal de Higueruela (Albacete). Es conocida por “El Relumbrar”.
Figura, al igual que las anteriores, como comprador de la misma Enrique Esquiva González y la fecha de la escritura es de 4 de Octubre de 1989. La finca mide 627 hectáreas y sesenta áreas (medida de superficie aplicada a las fincas rústicas que traducida a metros cuadrados significa seis millones doscientos setenta mil seiscientos metros cuadrados).
Además, según consta en la documentación de los peritos de Hacienda y en la resoluciones del Tribunal Económico Administrativo Central (folios 13.528 y 13.174 y siguientes), pese a que en la escritura no se hizo constar nada, la finca tiene construcciones y en concreto:
- Una vivienda principal.
- Dos viviendas para trabajadores.
- Dos almacenes.
- Un aprisco
- Una sala de ordeño.
- Una cuadra.
- Tres silos.
- Dos transformadores.
Se escrituró el precio de compra de 25 millones de pesetas pero el vendedor (Juan Luis Vera, hermano de Rafael) dice que fue algo más y el hijo del comprador (Enrique Esquiva Muñoz) dice que el precio fueron 27 millones de pesetas (declaración en juicio de ambos, actas de 12 y 7 de Noviembre de 2001).
Este precio es absolutamente irrisorio. Resulta el precio del terreno a 43.000 pesetas la hectárea (4,3 pesetas el metro cuadrado, incluso el edificado).
La valoración de la finca, a efectos fiscales, hecha a la baja por el perito D. Valeriano Gómez Calero y ratificada en juicio, donde expuso que su valoración era siempre en torno a un veinte por ciento inferior al precio de mercado, fue de 105.560.479 millones de pesetas (tasación confirmada por el Tribunal Económico Administrativo Central).
El valor catastral de la finca es según la documentación antedicha (folio 13.174) de 44.469.450 pesetas y es sabido de todos que el valor catastral es varia veces inferior al valor real.
Naturalmente ni la valoración del perito ni la del catastro incluyen los tractores y demás maquinaria ni los vehículos existentes en la finca (que tampoco constan en la escritura como no constan las edificaciones).
Pues bien, a pesar de todo, se va a dar por buena inicialmente, y a los efectos de este razonamiento en motivación de la prueba, la cantidad de 27 millones de pesetas, porque no siempre el valor coincide con el precio.
Y en fin es un hecho incontestable que a esa finca se aportaron durante los años 1990 a 1993, setenta y un millones de pesetas en metálico, según han acreditado los peritos y han ratificado en su largo informe en juicio oral (Acta de la sesión correspondiente al 26 de Noviembre de 2001).
Todo ello significa que, dando por bueno el inverosímil precio de 27 millones, por un bien que es patente que vale bastante más de 100 , las cantidades mínimas desembolsadas por el Sr. Esquiva serían de 98 millones de pesetas, lo que unido a los 43 de la finca “La Berzosilla”, suman un total de 141 millones de pesetas.
A estos 141 millones han de añadirse los gastos de escritura y registro, que en todos los casos se pactaron por cuenta del comprador, salvo en la primera finca de “La Berzosilla” en que se pactaron según ley, y los impuestos tanto de transmisiones patrimoniales como el arbitrio municipal de plusvalía que, según todos los contratos, menos el citado, eran de cuenta del comprador, lo que eleva esa cifra de 141 millones muy por encima de los 150.
D.- Sobre la economía del aparente comprador:
Enrique Esquiva González nació el 19 de Septiembre de 1916 y su negocio es una tienda de ferretería y venta de menaje. Posiblemente sea un buen negocio dentro de sus límites. Está acreditado que hace treinta años el Sr. Esquiva ya tenía un Mercedes modelo 180 y varios testigos han declarado que vivía bien, que era generoso, que seguía al Real Madrid por Europa alojándose en hoteles caros(Declaraciones del Sr. Rodríguez de la Loma de 7 de Noviembre de 2001).
Pero buen negocio dentro de sus límites, porque no era un imperio comercial. Se trataba de un local en la calle Vicente Ferrer nº 41 de unos 90 metros cuadrados con un empleado y un encargado, según dice el propio Sr. Esquiva en su única declaración antes de quedar impedido por la enfermedad de Alzheimer que padece (folios 16.206 y 16.207 del sumario).
Los peritos que han actuado en juicio Sres. Cava Romero, Vizcaíno Muñoz y Placer Sánchez, este último asesor fiscal del Sr. Esquiva, quien le ha asistido en sus problemas con la Administración Tributaria, han coincidido en varias cosas:
- Que la contabilidad del negocio de ferretería y menaje era absolutamente inadecuada.
- Que las declaraciones de renta en cuanto al rendimiento de la actividad del Sr. Esquiva son incorrectas (y por eso fueron rectificadas por la Administración y sancionado el Sr. Esquiva).
- Que no es posible según los Sres. Cava y Vizcaíno, o que sólo lo es en una mínima parte, según el Sr. Placer, que las aportaciones a la finca “El Relumbrar” durante los años 1990,1991,1992, 1993 procedieran de ganancias generadas en ese periodo de tiempo.
- Que la alegación que hizo el Sr. Esquiva pero que no ha pasado de ser tal alegación, sin soporte alguno, es que ese dinero venía de ahorros de otros años, guardados en cajas de seguridad y no declarados al Fisco.
También Enrique Esquiva Muñoz se refirió a que su padre tenía dinero guardado de otras épocas. En sumario el 20 de Octubre de 1997 dijo que lo guardaba en casa y en una caja de seguridad porque no se fiaba de las cuentas corrientes de los bancos. Y María Ángeles Esquiva habló de dinero guardado “en un calcetín”, es decir en casa, y de la venta de un chalet por parte de su padre en los años ochenta con cuyo producto pudo comprar cosas. (Actas de la sesión de 7 de Noviembre de 2.001).
Esta última afirmación es incorrecta. La venta de ese chalet en Torrelodones se produce el 23 de Noviembre de 1989, según la documentación aportada al sumario, se declaró como incremento de patrimonio y supuso para cada uno de los cónyuges -Esquiva

ISLAM Y PROGRESISMO: LA PARADOJA DE LA SIMPATIA POR EL RECHAZO

Desde hace un tiempo hemos venido observando una corriente creciente de simpatía entre los movimientos denominados como progresistas y el islamismo. A priori esta relación es paradójica. Muchos de los valores, por no decir todos, defendidos por el progresismo son
rechazados y violados en el islamismo, se cual sea su grado de radicalidad. No creo que sea necesario dar ejemplos de las dos partes de la paradoja. No es el objeto de este breve artículo. Creo que son ampliamente conocidos.

Sin embargo, pese a esta aparente paradoja, ambas corrientes siguen estando próximas, cuanto menos en el mundo occidental. He estado pensando sobre ello y se me ocurre una interesante explicación.

Quizás el punto común es el rechazo. El rechazo a la libertad individual que ambas corrientes comparten. Aunque no sean conscientes de ello. El rechazo a la responsabilidad individual, el rechazo a la auténtica democracia. El rechazo al esfuerzo personal.El rechazo a la dignidad humana (violando el respeto a la vida y el respeto a la dignidad de la mujer). Y el rechazo a quien representa todo ello: el mundo libre.

UN EJEMPLO DE REVANCHISMO

Los resultados de la reunión entre Ibarreche y Zapatero, son un ejemplo más del estilo revanchista que marca el gobierno socialista,no entremos ya en que el sr. presidente no haya exigido al "lendakari", tal como prometió a los españoles, la retirada de su famoso plan, lo grave, pero a la vez absolutamente esclarecedor de su talante revanchista, por si alguien todavía no se ha dado cuenta, ha sido el pacto que han alcanzado ambos dirigentes para presentar conjuntamente una moción de censura en la diputación general de Álava,con objeto de desalojar de la presidencia de la misma al popular Ramón Rabaneda.

Para que luego venga Pepiño Blanco acusando a los gobiernos del Partido Popular de revanchismo, hay "pepiño" que oportunidad más buena de callarte has perdido.

HARTO DE ERC

Lo de Esquerra Republicana de Catalunya ya clama al cielo. En la comisión del 11 - M estos individuos han plantado al juez Garzón porque "es una persona nefasta para la memoria del nacionalismo catalán", ya que combatió a Terra Lliure y procesó a algunos independentistas en los prolegómenos de los JJ.OO.

Anteayer revelaron los secretos de la Comisión 11-M, contra la prohibición expresa que su cometido les impone. Ayer se descubrió que en los días trágicos en torno al 11-M, Carod corrió en auxilio de Otegi, cuando aún todos pensaban en ETA, para "crear la máxima anormalidad posible" en torno al gobierno, al PP y a las elecciones, y propaló la insidia de que el PP preparaba un golpe de Estado declarando el estado de excepción y suspendiendo los comicios y hasta la autonomía vasca, y que desmantelaría la Ertzaina.

Se entrevistó con Josu Ternera en su primera actuación como conseller en cap de la Generalitat para decirle que siguiese matando, pero fuera de Cataluña. E incluso dentro, siempre y cuando los muertos fuesen "culpables", o sea, no nacionalistas. Se dedican a sabotear constantemente los plenos de las Cámaras con sus juegos malabares con el idioma catalán.

¡Ya basta! Me niego a aceptar que un partido que representa menos de un 10 % en Cataluña, y un porcentaje inapreciable en todo el Estado, gobierne en Barcelona y en España, mediante el chantaje de sus votos, y sometiendo a una humillación constante a sus aliados, que por poca simpatía que me merezcan son los representantes elegidos por abrumadora mayoría, en comparación con ellos, para gobernarnos.

No quiero que un partido equidistante entre los terroristas y las víctimas, que defiende a ciertos criminales por el simple hecho de ser catalanes, y a otros por la elemental razón de ser nacionalistas y antiespañoles, esté abusando de los privilegios de nuestra democracia, y cobrando sus sueldos de parlamentario con cargo a los presupuestos del Estado español, para desde dentro del sistema desarrollar una constante y tenaz tarea de demolición de ese Estado.

Estoy harto de que se empeñen en exigirnos, por procedimientos más o menos sutiles, que nos posicionemos como nacionalistas o no nacionalistas, estoy cansado de que falseen la historia, la economía, la educación y hasta la realidad más evidente. Estoy hasta la coronilla del "triunfo de la impertinencia", del desplante continuo y de la chulería prepotente de unos auténticos “gamberros políticos” que han adoptado la apariencia simpática de un partido rebelde. Estoy harto de tener a los antisistema dentro del sistema. Estoy indignado de que para ellos todo valga, de que no respeten nada, de que alardeen de ello y de que nadie les plante cara y les diga hasta aquí hemos llegado.

Me indigna que un partido pueda hacer de gobierno y de oposición simultáneamente, con todos los privilegios y prebendas de ambas posiciones.

Quizá sí que hay que pensar en cambiar la Constitución, pero en sentido inverso al que ellos plantean. Y quizá sí que hay que modificar la ley electoral para no ser perpetuos rehenes de este tipo de partidos.

DOÑA MAGDALENA

DOÑA MAGDALENA

Dª Magdalena, la flamante Ministra de Fomento, no pierde oportunidad en revelarse como uno de los exponentes más preclaros de lo que representa el talante del actual gobierno socialista.
"Manda-tela", que es como la conocen sus correligionarios andaluces,a tenor de cómo barre pro domo sua o mejor pro junta sua, no tiene ningún tipo de inhibición a la hora de escatimar inversiones en otras regiones españolas, recordemos su comentario de que ya estaba harta de aquel "Plan Galicia de mierda". Ahora le ha tocado el turno a Cataluña, a propósito del lamentable estado en que se encuentra el Aereopuerto de Barcelona, según "Manda-Tela" ese es un problema que deben resolver los "afectados", aunque no dice como,¿hubiera sido esa la misma respuesta de tratarse de los Aereopuertos de Sevilla o Málaga?.

La ministra también se expresa con claridad meridiana, sobre un eventual rescate de los peajes de las autopistas, dice que son una herencia histórica y se queda tan ancha, bueno no exactamente así ya que matiza lo de la herencia histórica y, como no, miente con su proverbial frescura, culpando de la misma a los anteriores gobiernos del Partido Popular y de CiU; cuando en realidad se trata de una concesión leonina y un contrato draconiano a favor de las empresas concesionarias de autopistas impuesto por el regimen franquista, en virtud de un convenio anti-liberal que clama al cielo. Pero sobretodo debe saber y calla a la hora de falsear la atribución de responsabilidades que quien alargó y prolongó de manera abusiva los
peajes, en un alarde de antiliberalismo totalitario, fue su compañero y correligionario, José Borrell. De manera que si seguimos condenados a cadena perpetua de peajes después de haber expirado la concesión (que por propia definición debe ser limitada en el tiempo hasta la justa retribución de la inversión, ya que si no se convierte en situación quasi- monopolística) es por culpa de su antecesor como ministro del ramo del PSOE. Calla también, Dª
Magdalena, que Zapatero ha prometido el rescate del peaje León-Astorga. Por favor que se pongan en la cola y la respeten y que primero rescaten los peajes de quienes llevan más de 35 años pagando.

ÁNGEL ACEBES PANIAGUA

Muchísima expectación ante la comparecencia del ex ministro del Interior, Ángel Acebes. La sala donde se celebra la comisión está abarrotada de diputados, mayoritariamente populares, que no quieren perderse detalle. Entre ellos, Eduardo Zaplana, que tendrá su turno de comparecencia esta tarde, que ha cogido sitio en primera fila.

09.15 Acebes toma la palabra antes de ser cuestionado. "Hay un antes y un después en nuestra historia del 11-M, y todos debemos tener el máximo sentido de la responsabilidad para, a partir de un análisis minucioso de los hechos, para sacar conclusiones. Producidas las explosiones, nos fijamos cuatro prioridades: atender a las víctimas, evitar nuevas acciones terroristas, descubrir a los autores y detenerlos; e informar con la máxima transparencia. Esos objetivos fueron en gran parte cubiertos antes de pasar la responsabilidad al nuevo gobierno", dice.

09.18 "Nunca agradecermos bastante el esfuerzo de todas las personas anónimas que intervinieron en esos momentos", señala el ex ministro del Interior.

09.20 "Cuando oía y oigo ahora hablar de retraso, o de manipulación, me pregunto qué habrían llegado a decir algunos si no se hubiese actuado con tanta rapidez y eficacia", recalca Acebes. ¿Cómo hablar de manipulación cuando la única orden que recibieron las fuerzas de seguridad del estado fue la de actuar con toda celeridad para aclarar la autoría del atentado? se pregunta. "No existe un sólo dato que avale semejante calumnia", dice.

09.22 "Afirmo solemnemente que el Gobierno contó a los ciudadanos en cada momento datos relevantes que la policía iba poniendo en su conocimiento", dice Acebes, que dice que no hubo "ninguna intoxicación ni invención para impulsar una determinada tesis". "Sólo la verdad".

09.24 "Los expertos concluyeron inicialmente que se trataba de un atentado de ETA, y así lo dije. En cuanto se constató la existencia de una cinta en árabae se puso en conocimiento de los ciudadanos, con mi advertencia de que se abría una nueva vía de investigación. Fue el Gobierno el que el mismo día 11 abrió la línea de investigación sobre el islamismo radical".

09.25 Acebes dice que "algunos criticaron que no descartásemos a ETA ante la evolución de los acontecimientos. Esto me pareció, y sigue pareciéndome, inexplicable, sólo comprensible en un intento de desacreditar a nuestro Gobierno". Hasta el día 13 ""no tuvimos ni un sólo hecho objetivo que pudiese determinar la prioridad de la investigación hacia el terrorismo islámico, y ese día 13 tampoco se descartó la hipótesis de ETA ni la de la colaboración entre grupos terroristas. A día de hoy, mal haría cualquier ministro del Interior en desestimar una investigación profunda sobre todos los elementos de confusión que tanto intrigan a la opinión pública, incluido el de la posible conexión entre grupos terroristas.

09.30 "Mientras yo informaba honesta e inmediatasmente de lo que conocía, personas y entidades fácilmente identificables desarrollaron una campaña para minar la credibilidad del Gobierno. Ya en las primeras horas se hablaba de una llamada de reivindicación de terroristas islámicos, y hubo quien lo sacó a portada de un diario digital. Hubo quien afirmó que había terroristas suicidas... por no hablar de los infames que llegaron a presentarme ante su majestad el Rey para supuestamente pedirle que decretara el estado de excepción. Todo ello se publicó, y se publicó a sabiendas de que era falso. España no se merece un gobierno que miente. El gobierno nunca mintió, pero hubo quienes, en una carrera contra reloj en la campaña electoral, trataron de presentarnos como unos mentirosos".

09.32 "Ahora confío en que esta comisión aclare con justicia quiénes propagaron la verdadera mentira y manipulación de esas horas", dice Acebes.

09.38 "A mí me exigieron que en 24 horas diera respuesta a la pregunta de quién ha sido. Ahora pregunto yo, junto a millones de españoles: ¿Quién ha sido, señorías? Gracias a la eficacia policial, conocimos a los autores materiales en pocos días. Pero falta saber quién hay por arriba y por abajo, porque en mi opinión, la de quien ha luchado cuatro años contra el terrorismo, no encajan las piezas. Queremos saber quién programó al detalle la sucesión precisa de los acontecimientos en esas horas, quién planificó el día y la hora de la reivindicación del atentado, los vínculos de los ejecutores materiales, el alcance real de la sombra de ETA, el exacto papel de cada quién, sea confidente policial, manifestante o agitador deseoso de réditos políticos... En terrorismo son muy raras las coincidencias, y en investigación atribuir los hechos a la casualidad es una forma de no querer saber la verdad", dice Acebes.

09.48 Ignacio del Burgo, del Partido Popular, le pregunta a Acebes por el 'bulo' del terrorista suicida. "¿Sabe usted de dónde partió esta acusación tan indigna?", dice el diputado. "Era una acusación indigna y grave", responde Acebes. "Si el Gobierno estaba ocultando un dato así, se estaba poniendo de manifiesto la manipulación de la información". "Daban detalles como que se habían encontrado cuerpos con la cabeza rapada y tres mudas de ropa interior, que repetían insistentemente en la Cadena Ser, por ejemplo. Pero esos cuerpos no estaban, no era verdad. Como dijo la directora del Anatómico Forense, no hubo ningún terrorista suicida. Pero a la hora de crear una sensación de la actuación del Gobierno y su credibilidad, introducir un elemento como la afirmación permanente de que había uno o dos terroristas suicidas, y que se lo estábamos ocultando a la opinión pública, fue determinante en esas horas. Y se tiene que saber quién dio esa información a los medios de comunicación, quien manipuló esa información. Tuvo que ser alguien con una cierta autoridad", señala Acebes.

09.58 Del Burgo le pregunta si es cierto que hubo un incidente entre Acebes y la Cadena Ser. "Lo que ocurrió la noche del 13-M es que tras aparecer la cinta de vídeo, una vez que tengo la traducción, convocamos a los medios de comunicación a pesar de la hora que era (la una menos cuarto de la madrugada) y en esa rueda de prensa repartimos el contenido exacto del comunicado que habían dejado los terroristas. Luego me informan los servicios de prensa del ministerio que hay una radio que está diciendo que se tenía la cinta desde la misma mañana del día 12 y que habíamos retrasado la información. Me sentó muy mal, y llamé al jefe de informativos para que rectificara", contesta el que fuera ministro del Interior.

10.05 Sobre la conexión entre ETA y los atentados del 11-M, Acebes señala que cree que no se puede descartar "ningúna vía de investigación" de posibles conexiones entre todo tipo de organizaciones terroristas. ¿Por qué en el 11-M se reproducen muchos elementos de atentados de ETA que se parecen como dos gotas de agua" se pregunta Acebes. Acebes no cree fruto de la casualidad que un máximo dirigente de ETA diga que "se van a enterar los españoles". Puede que se refiriera a la furgoneta de Cuenca, o no.

10.08 Tampoco cree Acebes fruto de la casualidad que robaran el coche del atentado de ETA en Santander al lado del garaje de Trashorras, y que ese fuera el único atentado de ETA en el que no se utiliza Titadine. "'El Chino', 'El tunecino' y 'El Egipcio', por encima tenían que tener a un autor intelectual, y no sabemos quién es. No me parece que unos delincuentes de tráfico de drogas convertidos en terroristas en espacio muy corto de tiempo hayan podido diseñar la secuencia, elegir los tiempos, establecer todo con la precisión para tener la repercusión que ha tenido", dice.

10.13 Del Burgo lleva a la comisión a Almodóvar, que aseguró en una rueda de prensa que el Gobierno intentó que se decretara el estado de excepción y se aplazaran las elecciones. "Esa es una más de las graves mentiras", responde Acebes. "Tener que soportar la mentira de que habíamos poco menos que preparado un golpe de estado y que yo le había presentado al rey unos decretos para aplazar las elecciones era falso, para hacerles llegar a los españoles un mensaje de que el Gobierno estaba intentando aprovecharse de los peores atentados de la historia".

10.22 ¿Cuál era la información que tenía Interior sobre la posibilidad de un atentado islámico en España? le pregunta el diputado de CiU a Acebes. "Existía la amenaza genérica, teníamos preocupación, estábamos reforzando los medios internos, pero el riesgo estaba en nuestras tropas, intereses españoles en el extranjero y embajadas", dice Acebes. "No había una amenaza específica, pero España era el país que más detenciones había realizado de terroristas islámicos, y donde más procesos judiciales hay abiertos", señala.

10.35 Jané habla de las similitudes del 11-M con los atentados de Casablancas, que también fueron cometidos por 14 terroristas, con mochilas con explosivos colocados en cuatro sitios distintos. ¿No cree que es una secuencia parecida a la de Madrid?, le pregunta. "Tanto en las primeras valoraciones como en las sucesivas nadie hizo esa valoración que usted acaba de decir", señala Acebes. "Nadie, ni en las primeras horas ni en los días siguientes", insiste.

10.41 CiU le pregunta por el aumento de recursos destinado a combatir el terrorismo islámico antes del 11-M. "Se ha producido un incremento de los medios personales y materiales en el último año", explica Acebes, que contradice los datos de Jané.

10.50 "Lo que a mí me trasladaban los mandos policiales en las primeras horas es es que era un atentado similar al de Chamartín de ETA. Se sabía que lo querían hacer, y era el modo de operar de ETA, y nadie tuvo ninguna duda de que era ETA", dice Acebes. "Yo en mi primera intervención, a diferencia de otros líderes políticos, yo no hago ninguna imputación de autoría. Sólo lo hago después de tener las conclusiones de los expertos en la lucha antiterrorista".

10.56 Dice Acebes que Poco antes de ir a la rueda de prensa del 11-M a eso de las dos de la tarde "es cuando me dicen que es titadine con cordón detonante".

11.01 Acebes dice que habló con el consejero de Interior del Gobierno vasco, Balza, que a primera hora del 11-M no tenía "la más mínima duda de que era ETA".

11.05 Jané le recuerda al ministro que en su rueda de prensa del 11-M a las 20.00 horas, él dijo que eran "unos 100 kgs de explosivo de un compuesto de dinamita de los habituales de ETA". ¿Por qué se dijo esto?", dice Jané. "Porque lo es", responde Acebes.

11.08 "La característica del terrorismo islamista es la utilización de explosivos de fabricación manual, casera. Eso es lo que distingue al terrorismo de ETA del terrorismo islamista", dice el que fuera ministro del Interior. Añade que el Gobierno también habló de la pista islámica.

11.19 "Lo que no entiendo es por qué los detonadores tienen que apuntar al terrorismo islamista", dice Acebes. "Nosotros lo que hacemos es no descartar nada, pero la línea a seguir es ETA", dice Acebes, que cada vez contesta más enfadado a las respuestas del diputaod de CiU.

11.23 "No se descarta que ETA., o una parte de la organización, haya decidido un atentado como éste para llegar a la dirección de la banda", recalca Acebes

11.32 No era a terroristas a quien se iba a detener, era a unas personas que habían vendido unos teléfonos y unas tarjetas", dice Acebes. "Buena prueba de ello es que ahora todos salvo uno están en libertad. Lo digo porque parece que el sábado ya sabíamos todos que eran unos peligrosos terroristas".

11.50 Turno de preguntas para ERC, que asegura que el día 11 y 12 no había ningún dato que apuntara a ETA, sino más bien todo lo contrario. "Usted no ha dado ninguna aportación que merezca la pena sobre una aportación del terrorismo islámico", le recrimina Acebes. "¿Una cinta comercial es una pista del terrorismo islámico?", dice

12.06 Pequeño rifirrafe de Acebes con el diputado de ERC. "Es lamentable que con lo que llevamos ya de comparecencia, usted no se haya enterado de nada", le recrimina Acebes.

12.12 "Señor Acebes, ¿ETA miente?", le preguntan. "ETA mata, asesina, comete todo tipo de atentados a la verdad, al derecho, a la libertad, al ordenamiento jurídico. Por lo tanto, no hay que darle credibilidad a ETA, ninguna. En ningún ámbito, responde Acebes. "Pues que sepa usted que quien dijo que ETA nunca miente fue Mayor Oreja", replica el diputado de ERC.

12.32 "Lo que no se puede pedir al Gobierno es una cosa y la contraria simultáneamente", dice Acebes. "Los ciudadanos se merecen cómo actuó cada quién esos días", señala el ex ministro.

12.40 "¿Ustedes no asumen nada de autocrítica de la prevención del terrorismo islamista?, le pregunta. "El mundo y Europa tienen mucho por hacer para luchar contra este terrorismo. Las fronteras, que no existen para los terroristas y delincuentes, sí que existen para los policías", responde.

12.46 Por primera vez desde que empezó la comparecencia, el presidente ha dado un receso de cinco minutos para el compareciente y los diputados. El PNV, siguiente en preguntar, aprovecha para 'afilar el hacha'.

13.03 Retoma la sesión Olabarría, del PNV, al que llaman atención las declaraciones de Acebes de una "mano alevosa" que podría ser culpable del vuelco electoral, y que puesto que habla de manipulaciones, que cite a los culpables. "Yo he dado una valoración, pero porque me preguntan", responde Acebes. "Estoy absolutamente seguro de que usted está de acuerdo conmigo en que los manifestantes no estaban frente a nuestras sedes porque pasaban por allí, ni mucho menos porque les convocó Mariano Rajoy, como ha dicho ERC".

13.17 El diputado del PNV dice que el lehendakari trató de despolitizar desde el primer momento el atentado, pero otras personas del PP sí lo hicieron. Acebes insiste en que a las 9.30 horas del 11-M, Ibarretxe ya hablaba de la autoría de ETA, cuando él no lo hizo hasta pasadas las 13.00 horas.

13.27 Olabarría pide a Acebes que le haga una valoración de la frase de Aznar de que "quizá hemos bajado la guardia dada la obsesión que había en la persecución del terrorismo etarra". "Eso debe preguntarselo usted a él", responde el ex ministro.

13.38 Acebes insiste en sus tesis de que hasta la tarde del sábado no se afianzó la autoría del terrorismo islámico. Lo repite cansinamente, una vez tras otra, cada vez que alguien insinúa cualquier cosa.

13.45 Olabarría vuelve a preguntar por si falló la prevención, y dice que no le resulta creíble que se hagan unas detenciones "a ver qué pillamos" cuando se le estaba haciendo seguimiento a gente como 'El Tunecino'. Acebes dice que el día 13 ellos ignoraban la vinculación de 'El Tunecino' con los atentados.

13.50 Acebes recrimina a Olabarría que cuando se detuvo a unoas personas relacionadas con el terrorismo islámico porque podían haber estado preparando explosivos, algunos compañeros suyos no sólo se rieron de él, sino que bautizaron a estos presuntos terroristas como 'el comando Dixan'

14.00 Olabarría le dice a Acebes que si la metodología del atentado, las pistas de la furgoneta, el explosivo, los detonadores, el no doblaje de las matrículas... no le hicieron pensar que no era ETA. "No sé de ningún etarra que lleve en el coche cintas con 'suras' coránicas", dice irónicamente.

14.08 "Es fundamental que fuera en los trenes para apuntar a ETA. Las detenciones del día 13 eran una puesta para ver qué pasaba, dice Acebes, podíamos no acertar".

14.12 Toma la palabra Llamazares, con muchísimo retraso sobre el horario previsto. "No hemos visto ni una mínima asunción de responsabilidades, porque usted no está aquí como dirigente del PP, sino como ex ministro del Interior", le recrimina.

14.15 "Señor Acebes, usted ve en el 11-M sólo dos errores: Una confabulación, que sólo cabe en la cabeza del PP entre ETA y organización yihadistas que estarían detrás del gran provocador intelectual de la masacre, y por otra parte la conspiración política que mediante una información sesgada y medios de comunicación adversos se acaba con el resultado político de las últimas elecciones generales", dice Llamazares.

14.18 Llamazares le pregunta si sigue afirmando que hay armas de destrucción masiva en Irak, Acebes dice que eso no le corresponde a él saberlo.

14.30 Acebes y Llamazares se enzarzan sobre las armas de destrucción masiva en Irak, y llevamos más de cinco horas de comparecencia.

14.40 ¿Le planteó usted al presidente del Gobierno la necesidad de formar una reunión de crisis en la que se pudiera decidir con actas sobre el conjunto de las fuerzas de seguridad? pregunta Llamazares. No, no lo pedí, responde.

14.52 "¿Y por qué ustedes no convocan el pacto antiterrorista en los primeros días para evitar que se produjeran distorsiones entre las fuerzas políticas?", pregunta el portavoz de IU. "Nosotros no queríamos hacer un cálculo político como usted dice, porque si lo hubiéramos pensado, lo correcto hubiera sido hacer esa convocatoria. Pero nuestra prioridad eran las víctimas, los padres, mujeres e hijos que no sabían si sus familiares estaban vivos o muertos", contesta Acebes

15.13 Uxue Barkos, portavoz del Grupo Mixto, realiza un largo y detallado repaso a los acontecimientos del 12 de marzo. "No sé lo que sabía la policía, sé lo que me contaron".

15.21 Acebes asegura que la pista islamista no fue prioritaria hasta que no se interrogó a los detenidos el sábado 13, porque no se sabía qué tipo de terroristas eran. "Díaz Pintado nunca nos dijo que se apuntase al sur". Así responde el ex ministro a una pregunta de Barkos tras detallar una conversación entre Díaz Pintado y Garzón.

15.30 "No cabe ninguna duda de que dije a la opinión pública que no se descartaba ninguna hipótesis", insiste Acebes

15.35 "Yo nunca dije que fuera Titadine con cordón detonante", explica Acebes tras asegurar que, sin embargo, así se les informó en una reunión. "En aquel momento era más importante la diferencia entre explosivos que entre las marcas".

15.44 Ante la pregunta de si hay que investigar las relaciones entre Al Qaeda y ETA Acebes responde: "Hay que investigarlo todo. Se han abierto muchos interrogantes pero hemos tenido muy pocas respuestas".

16.00 El portavoz socialista, Álvaro Cuesta, pregunta a Acebes acerca de la colaboración antiterrorista con otros paises. El ex ministro defiende la experiencia de España en materia de lucha contra los terroristas y pide que no se ridiculice ese potencial español.

16.15 Acebes y Cuesta discrepan sobre el tratamiento de los detenidos el pasado año en Cataluña provistos de 'napalm casero'. "Una de las reuniones del Pacto Antiterrorista fue para peedirme información sobre los salafistas detenidos y para pedirme explicaciones sobre las declaraciones que habíamos hecho sobre la amenaza".

16.30 ¿Cree usted que se había profundizado lo suficiente para afirmar la autoría de ETA en la mañana del 11-M?, pregunta Cuesta. Acebes responde que a las 13.30 horas él cree que es ETA "con la inmensa mayoría de los expertos en lucha contra el terrorismo".

16.36 "Ustedes sabrán por qué votaron en contra de que viniera a declarar el secretario de Estado de Seguridad", dice Acebes después de repetir con insistencia que fue él quien le informó sobre el tipo de explosivo

16.45 La declaración de Acebes se centra ahora en la cinta que se encontró en la furgoneta de Alcalá de Henares. "Durante todo el día se hace un análisis, que se mantiene hasta el día 13, que conduce a que la responsabilidad es de ETA porque sabíamos que quería atentar, sabíamos que quería hacer una masacre antes de las elecciones, lo había intentado antes, era un atentado exactamente igual que el que se quería haber cometido en Nochebuena en Chamartín, sabíamos que ETA tenía 12 mochilas preparadas con explosivos para cometer un atentado, sabíamos que había intentado una masacre con atentados de 'repetición', sabíamos que, en los entornos de ETA esa misma mañana, quieren responsabilizar a otra organización terrrorista... todo apuntaba a ETA y nada apunta hacia otro tipo de organización terrorista. El casette, en aquellos momentos, no significa nada".

17.00 Acebes lleva más de ocho horas ante la comisión. Niega haber insinuado a Aznar que llamara a los directores de los periódicos y niega haberle sugerido que les transmitiera que era ETA. Niega además haberle pedido a Ana Palacio que la condena del Consejo de Seguridad de la ONU al atentado citara a ETA.

17.12 "El presidente del Gobierno nos convocó a una serie de ministros para hacer una evaluación y tomar las medidas que hubiera que adoptar. Toda la atención, toda la operatividad, todos los medios necesarios se establecieron en esa reunión. Se hizo, a la vista de los resultados, lo que había que hacer. Allí estaban los que tenían que estar."

17.20 ¿Por qué cree que Aznar no citó a ETA en sus declaraciones el día 11 por la mañana?, pregunta Cuesta. ¿Por qué tampoco lo hizo el Rey, por qué se retrasó la emisión de su mensaje? "El Jefe del Estado no ha sido 'preterido' para nada, ni en ningún medio ni en ningún caso". Además, aprovecha para alabar el papel del Rey durante aquellos días y para negar que le llevara un decreto para anular las elecciones

17.35 El día 13 "lo que me transmitían es que los detenidos estaban relacionados con la venta del móvil y la tarjeta" hallados en la mochila que no explotó. "Todavía no habían sido interrogados", subraya. "Esa era la situación", señala. "Dije que aún era pronto para determinar el grado de sus vinculaciones" con extramistas.

17.44 "Entre el 15 y el 17 debió de producirse la detención de Trashorras y en un primer momento era por su colaboración con el intercambio de estupefacientes por explosivos y yo creo que el dato de que podía ser confidente de la policía, no sé decirle en este momento, pero sería ya muy al final de los días en los que hicimos el relevo pero no sé exactamente la fecha". Acebes dice que tuvo conocimiento de que era confidente cuando ya era ministro en funciones.

18.00 ¿Cree usted que se pudo haber evitado?, pregunta Cuesta. "He dedicado muchos años de mi vida, especialmente los cuatro últimos, a luchar contra la mayor amenaza que tiene el ser humano. No he regateado esfuerzos con un equipo magnífico, creo que hemos avanzado notablemente, hemos conseguido éxitos y también hemos sufrido atentados. Cada atentado lo lamento profundamente no se me olvidará ningún día de mi vida lo que ocurrió el 11-M. Creo, en conciencia, que el terrorismo es la mayior amenaza de nuestra convivencia. Todos los esfuerzos serán útiles siempre que se hagan honestamente". "Podemos evitar atentados pero aún no hemos encontrado la fórmula para evitarlos todos".

18.15 Los grupos parlamentarios tienen una última ocasión para 'matizar' o solicitar precisiones sobre la declaración de Acebes. Hace más de nueve horas que comenzó a comparecer el ex ministro.

18.26 Acebes rechaza haber criminalizado a ningún nacionalismo, tras las acusaciones de ERC en la comisión. Sale a relucir la reunión de Carod con miembros de ETA.

18.45 El PNV recuerda que antes del 11-M Acebes tuvo gran presencia en la campaña electoral y pregunta si ese protagonismo supuso una merma de sus funciones en la seguridad del Estado. "Ninguna, he tenido siempre muy claras cuáles eran mis prioridades".

18.55 Acebes insiste en que hay que seguir avanzando en la investigación, que aún quedan cosas por aclarar. Dice que hubo muchas imputaciones contra su gobierno, como la de los terroristas suicidas en los trenes y los supuestos esfuerzos del Gobierno por ocultarlo.

19.00 "Con el presidente del Gobierno estuve en contacto permanente y le iba transmitiendo las informaciones relevantes, unas veces por teléfono, otras en su presencia. La mayoría fueron por teléfono pero también me trasladé a Moncloa en muchas ocasiones"

19.02 Uxue Barkos pregunta a Acebes si el Ministerio de Interior se dirigió a la familia de la persona asesinada en navarra el 13 de marzo a manos de un agente policial. El ex ministro asegura no recordarlo.

19.10 "¿Pudieron evitarse los atentados del 11 de marzo?", interroga el portavoz socialista. "Esa es una pregunta que podría formularse para cualquier tipo de atentado. Ojalá que la conclusión a la que nos lleve esa pregunta sea a evitar otro atentado", subraya.

Resumén aparecido en El Mundo. Comentarios: Charo Marcos, Marta Arroyo y Olalla Cernuda."